La bancada de senadores del Frente Amplio (FA) tiene previsto no votar la venia para la designación de Virginia Cáceres para ocupar la presidencia del Consejo Directivo Central (Codicen) de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP).
La oposición entiende que la abogada no cumple con los requisitos necesarios para ocupar ese cargo. Así lo expresó este miércoles el senador Sebastián Sabini, referente frenteamplista en temas educativos.
Sabini afirmó que “la ley establece que la persona que vaya a ocupar el cargo debe tener trayectoria educativa”, en declaraciones consignadas por Telemundo (Canal 12).
“Según el currículum que nos ha enviado la administración, Virginia Cáceres no cuenta con esas características. Por lo tanto, el Frente Amplio difícilmente acompañe, y diría que no vamos a acompañar esa venia, en el entendido que no cumple con los requisitos que la propia LUC [Ley de Urgente Consideración] cambió”, dijo Sabini.
“Antes de la LUC teníamos un requisito que tenía 10 años de antigüedad en el sistema educativo. Pero se mantuvo la trayectoria y la formación, características que no cumple Virginia Cáceres”, agregó.
La posición del Frente Amplio generó la reacción del ministro de Educación y Cultura, Pablo da Silveira, y del expresidente del Codicen Robert Silva, que renunció al cargo para ser precandidato por el Partido Colorado.
“La LUC no exige que los miembros del Codicen deban tener formación educativa. En nuestra historia educativa quedará que el Frente Amplio se opuso a la designación de la primera mujer que presidirá el Codicen. En 15 años de gobierno ni lo intentaron. Ahora se oponen”, escribió Da Silveira a través de su cuenta de Twitter.
Silva, por su parte, también señaló que Cáceres “cumple con los requisitos legales, aunque la mayoría del Frente Amplio diga lo contrario”. “Apostamos firmemente a que, luego de la comparecencia de la doctora Cáceres a la comisión del Senado, se haga historia”, afirmó.
La Ley de Urgente Consideración modificó distintos artículos de la Ley de Educación. El artículo 58 de esta última normativa establece que “el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública estará integrado por cinco miembros, los que deberán poseer condiciones personales relevantes, solvencia reconocida, trayectoria en el ámbito educativo y méritos acreditados en temas de educación”.