El Poder Ejecutivo firmó el pasado viernes un decreto que baja y congela el salario percibido por ocho gerentes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, hasta que estos se equiparen a la retribución percibida por un subsecretario de Estado.
En el documento al que accedió Montevideo Portal, se estableció que “ninguna persona física que preste servicios personales a personas de derecho público no estatal o entidades de propiedad estatal en las que el Estado o cualquier entidad pública posea participación mayoritaria, cualquiera sea su naturaleza jurídica, podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes superiores a la retribución total del subsecretario de Estado”.
La disposición limitante comenzó a regir a partir del 1.° de enero 2022, “con excepción de los directores de dichas entidades para los cuales regirá a partir de las renovaciones de sus contratos”.
Con montos expresados a valores del año 2021, los cargos a los que se les bajó y estableció limite salarial son al gerente general, que pasará a tener una retribución nominal mensual máxima "por todo concepto" de $ 413.191 (supera actualmente los $ 650.000 más compensaciones por metas); el tope para el gerente de Informática se estableció en $286.947; el del gerente de Afiliados en $274.899; el del gerente de Recaudación y Fiscalización en $ 283.782; el del gerente de Asesoría Técnica de Planificación y Control de Gestión en $ 282.506; el del gerente de Asesoría Jurídica en $ 282.506; el del gerente Administrativo Contable en $ 282.506 y el límite máximo de retribución para la auditora interna se dispuso en $282.506.
Todas dichas retribuciones superan los $ 300.000, mientras que el salario que percibe un subsecretario de Estado actualizado a 2022 es de $ 263.018.
“Los montos indicados podrán ser incrementados de acuerdo a los ajustes previstos en el Grupo del Consejo de Salarios respectivo, siempre y cuando dichos ajustes no superen el porcentaje de aumento de los funcionarios públicos para el ejercicio correspondiente. Los montos indicados no podrán ser incrementados hasta tanto alcancen el nivel retributivo del Subsecretario de Estado. Una vez alcanzado el mismo, no podrán superarlo”, considera el decreto.
El documento expresa que la norma firmada por el presidente de la República, Luis Lacalle Pou, “establece la posibilidad de que se autorice una excepción al tope retributivo fijado” para los gerentes mencionados por el año 2022, tras previo informe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que aprobaron en este caso “la solicitud de la Caja de Profesionales”.
“Autorízase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios la excepción al tope retributivo, previsto en el artículo 21 de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 744 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, a partir del 1o de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, para las personas que constan en el Anexo N° I y de acuerdo a las condiciones que allí se establecen, siendo el Anexo mencionado parte de la presente Resolución”, apunta el artículo primero, mientras que el 2° excluye de la limitación “el sueldo anual complementario legal, la prima por antigüedad y los beneficios sociales”.
Según explicaron a Montevideo Portal autoridades de la Caja de Profesionales, el directorio deberá este jueves determinar si aplica las bajas establecidas por el Poder Ejecutivo o si hace uso de las excepciones contempladas en el decreto.