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El Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) emitió un decreto el pasado 25 de octubre con el fin de “combatir la piratería en línea que afecta a la televisión para abonados y a quienes producen contenidos”, comunicó Presidencia.
“El decreto emitido se concibió para eliminar la difusión de señales de televisión emitidas a través de internet o redes similares, con fines comerciales no autorizados, que infringen las leyes 9.739, de propiedad literaria y artística, y 17.616, de protección a la propiedad intelectual”, informó Presidencia.
La normativa habilita a que los titulares de ese tipo de servicios (televisión para abonados o presenten ante la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec) una denuncia y faculta al organismo a “adoptar medidas sancionatorias y preventivas en casos de difusión de servicios o señales audiovisuales a través de internet o redes similares, con fines comerciales”.
En diálogo con Presidencia, la presidenta de la Ursec, Mercedes Aramendía, dijo que lo que se busca es “combatir la piratería online que afecta directamente a la televisión por abonados y a los que producen contenidos”.
La jerarca explicó que una vez que Ursec recibe la denuncia tiene un plazo de cuatro días para “analizarla y proceder en consecuencia”. El decreto reglamenta un artículo incluido en la ley de Presupuesto de 2020, la 19.924.
Posteriormente, la Ursec tendrá un plazo de 60 días para tomar las medidas concretas que puede significar el bloqueo electrónico temporal que impida el acceso desde Uruguay a direcciones IP, dominios de internet y URL (localizador uniforme de recursos).
En esta línea, el decreto establece que la Ursec podrá requerir a los proveedores de acceso a internet que brindan servicios en el país, que en un plazo máximo de cuatro días hábiles, realicen “bloqueo electrónico temporal de acceso desde el territorio nacional a las direcciones IP (protocolo de Internet) y/o dominios de Internet y/o URL (localizador uniforme de recursos), según corresponda, que sean utilizados para desarrollar tales actividades presuntamente ilícitas en forma excepcional, con carácter provisorio, revocable y por un plazo no mayor a 30 (treinta) días corridos, y sujeto a revisión judicial”.
En tanto, el director de la Ursec por el Frente Amplio, Pablo Siris, dijo que la medida es de “dudosa legalidad y de difícil aplicación”.
“Entiendo que la norma puede lesionar derechos fundamentales como el derecho a la libertad de expresión y al debido proceso, pilares fundamentales de nuestro sistema de garantías y libertades. Más allá de la comercialización, la obtención de lucro o la apropiación de manera ilegal de los derechos de autor o de la violación de la propiedad intelectual. La norma sanciona la mera difusión de contenidos audiovisuales, lo cual podría ser extremadamente discrecional y de muy difícil aplicación, exponiendo a la administración a diversos contenciosos”, argumentó Siris en diálogo con Montevideo Portal.
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