El diputado por el Partido Colorado (PC) Juan Moreno, del sector Ciudadanos, presentó un proyecto de ley para que la violencia en redes sociales se castigue mediante la Ley de Faltas del Código Penal.
El legislador sostiene en su exposición de motivos que “lamentablemente la violencia existe en todos los aspectos de nuestra sociedad” y que esa violencia “se traslada a las plataformas digitales afectando de esta forma la identidad e integridad de las personas e instituciones”.
Por eso considera “de gran importancia contribuir al combate de esta problemática que repercute, de forma impredecible, en la salud mental y social de los consumidores y usuarios digitales”.
Moreno plantea en el proyecto que sean castigados “con pena de uno a tres meses de prestación de trabajo comunitario”, quienes “a través del uso de cualquier medio digital, incurre en ridiculizaciones, amenazas chantajes, discriminaciones, difamaciones y/o injurias hacia otra persona física o jurídica y/o instituciones públicas o privadas”.
Sin embargo, hay voces disonantes con respecto a este proyecto ya que consideran que “viola el derecho a la libertad de expresión”.
Gustavo Gómez, director del Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia (Observacom), dijo a Montevideo Portal que “es un proyecto muy inadecuado para resolver el problema que plantea” y “es desproporcionado”.
“El proyecto tiene riesgos importantes al ejercicio de la libertad de expresión en Internet por el uso de conceptos muy vagos y amplios, como cuando habla de ridiculizar. En ese término cualquiera que haga un meme irónico sobre un político o que haga sátira política o deportiva podría ser pasible de tener que recurrir a la Justicia y recibir una sanción por más que no sea un delito”, aseguró.
Gómez señaló que “se colocan límites al considerar la ridiculización una falta que genera violencia”. “Eso expondría a muchísima gente, incluso a políticos, medios de comunicación, cuentas parodia o gente que comenta algo”, añadió.
El director de Observacom expresó que el proyecto “es innecesario porque los otros aspectos que busca sancionar están reconocidos en nuestra legislación”. “Si hay violación al derecho de honor o reputación existe legislación en Uruguay para eso, hay casos que no admiten restricción por la tecnología. No hay que hacer una norma específica para redes sociales porque la legislación que ya tenemos cuando corresponde va a sancionar difamación, injuria, chantaje o amenazas”, agregó.
Gómez aseveró que “se está innovando con algo que ya está protegido”. “Hacer humor e ironizar, por más que pueda ser hasta ofensivo, en nuestro marco democrático no admite una limitación. Nuestra legislación evita la discriminación. Si alguna forma de ridiculización podría ser interpretada como una discriminación o afectación a la dignidad también tenemos un marco legal, que es más garantista que esto que está puesto en términos muy vagos y que es riesgoso”, concluyó.
Por su parte, Edison Lanza, director general de Comunicación y Relaciones Institucionales de la Intendencia de Canelones y exrelator especial sobre libertad de expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA), opinó que el proyecto es “peligroso e inconducente”.
“Se trata de una sucesión de verbos vagos y ambiguos: ridiculizar, discriminar, chantajear, difamar… allí puede caber desde una ironía, humor, denuncias de corrupción o polémicas subidas de tono sobre temas públicos. Con un evidente efecto de censura en Internet”, sostuvo Lanza.
“Desde 2008 la ley 18.515 establece que está excepto de responsabilidad quien difunde información, opinión e incluso humor sobre temas de interés público”, añadió.
Lanza consideró que “la prensa, el debate político y las distintas formas de humor son esenciales en democracia. Por ello, penalizar (aunque no sea prisión) estos discursos es regresivo para la democracia uruguaya e incumple estándares internacionales de necesidad y proporcionalidad”.
Además, comentó que “es innecesario” porque “la libertad de expresión no es derecho absoluto”. “Si una persona pública se siente gratuitamente enchastrada, debe probar la real malicia del autor (ya lo dice la ley 18.515). Si es un tema privado, rige la difamación”, aseguró Lanza.
Además es innecesario. La libertad de expresión no es derecho absoluto. Si una persona pública se siente gratuitamente enchastrada, debe probar la real malicia del autor (ya lo dice la ley 18.515). Si es un tema privado, rige la difamación. Todo está claro en la ley vigente ???? pic.twitter.com/SBR1Ln0DTL
— Edison Lanza (@EdisonLanza) April 9, 2022
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