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Diputados cabildantes reclaman que dos propuestas de Ojeda sobre animales ya son leyes

El candidato colorado presentó iniciativas sobre bienestar animal y desde Cabildo Abierto dijeron que plantea “cosas que ya existen”.

05.10.2024 18:30

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2024-10-05T18:30:00-03:00
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Diputados de Cabildo Abierto cuestionaron al candidato del Partido Colorado, Andrés Ojeda, por haber incluido en su programa de gobierno propuestas sobre tenencia responsable y lucha contra el maltrato animal que “ya son ley”.

En el apartado de bienestar animal de las medidas que aplicaría el candidato colorado en caso de ser presidente se encuentra la propuesta de prohibir prácticas quirúrgicas no terapéuticas en animales de compañía. “Estas intervenciones, además de dolorosas e innecesarias, son perjudiciales e implican un riesgo que puede llevar a la muerte del animal”, detalla el documento.

Además, en cuanto a convivencia animal y espacios públicos, el Partido Colorado tiene en sus propuestas prohibir la pirotecnia sonora. “Implementaremos una prohibición gradual de la pirotecnia sonora, la cual afecta no solo a perros y gatos, sino también a recién nacidos, autistas, adultos mayores, entre otros”, marca.

Sin embargo, un día después de presentadas las propuestas del abogado, diputados de Cabildo Abierto (CA) salieron al cruce por redes sociales, afirmando que ambas propuestas ya existen y fueron impulsadas por el partido liderado por Guido Manini Ríos.

La legisladora Silvana Pérez Bonavita arrobó a Ojeda en X y publicó: “Quien impulsó proyectos que hoy son ley sobre regulación de la pirotecnia y prohibición de cirugías estéticas en animales fue CA. Cuando quiera le informamos al respecto”. El mensaje, además, fue reposteado por Manini.

“Ojeda propone cosas que ya existen. Prohibición de pirotecnia sonora, proyecto presentado por Pérez Bonavita y aprobado en ambas Cámaras”, publicó el también diputado Álvaro Perrone en X y adjuntó una captura del texto del primer artículo de la Ley Nº 20.246 de “Regulación del uso de la pirotecnia”.

Dicha ley fue aprobada en 2023 y su artículo 1 prohíbe “en todo el territorio nacional, la importación, elaboración, comercialización mayorista o minorista y el almacenamiento de cualquier tipo de artefacto pirotécnico de estruendo destinado al uso comercial o domiciliario”, y “entiende por ‘artefacto pirotécnico de estruendo’ a todo fuego de artificio cuyo nivel de ruido sea superior a 110 decibeles”.

Por otra parte, la ley 20.356 aprobada en 2024 detalla en su primer artículo que “se prohíben los actos o prácticas quirúrgicos no terapéuticos realizados en perros y gatos con la sola finalidad de modificar su apariencia física o conducta, como la caudectomía, la otectomía, la oniquectomía y la cordectomía”.

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