El MPP presentará ocho proyectos de ley a la bancada del FA con el propósito de ofrecer soluciones a la situación generada por la crisis del coronavirus, enfocándose en diversos aspectos.
Según los proyectos a los que accedió Montevideo Portal, los documentos se centran en: medidas sanitarias; prohibición de ejecuciones hipotecarias; prescripción y caducidad en materia laboral (prorroga las posibilidades de reclamo laboral por haberes impagos); anteproyecto de ley laboral que propone suspender por el término de ciento veinte días los despidos de trabajadores; exoneración de pago de tarifas; anteproyecto de alquileres y lanzamientos (permite pagar en tres cuotas posteriores los meses de marzo, abril y mayo); anteproyecto sobre seguro de desempleo (extiende de cuatro a seis meses el seguro de paro) y anteproyecto de ingreso ciudadano (el pago de un sueldo mínimo a 400.000 trabajadores especialmente afectados, por un período de cuatro meses).
Con respecto a las medidas sanitarias, en su exposición de motivos el proyecto presentado ve necesario disponer la implementación del aislamiento obligatorio para quienes hayan sido diagnosticados con COVID 19 o tengan toda la sintomatología del virus a fin de "proteger la salud pública e integridad de toda la población".
"En cuanto a los alcances de la medida, proponemos que las personas permanezcan en sus domicilios y residencias, no pudiendo desplazarse por ningún espacio del territorio nacional, vías, rutas, espacios públicos, a fin de prevenir el contagio y propagación del virus", señala el proyecto.
Ello implica la modificación del artículo 224 del Código Penal, que quedaría de la siguiente manera: "El que violare las medidas de aislamiento, confinamiento o cuarentena dispuestas a nivel legal o reglamentario, así como las disposiciones sanitarias dictadas y publicadas por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación en el territorio nacional de enfermedades epidémicas o contagiosas de cualquier naturaleza, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión. Serán circunstancias agravantes de este delito si del hecho resultare un daño a la salud humana o animal o un grave perjuicio a la economía nacional".
El proyecto habilita al Poder Ejecutivo a la adquisición de kits y ensayos de detección del COVID 19, en el mercado nacional o internacional, y prevé medidas de salud y seguridad en el trabajo, de necesaria adopción, "para prevenir y proteger a aquellos trabajadores que, ya sea por la naturaleza de su tarea o por las medidas dispuestas por el Estado, estén desempeñando sus tareas o reinicie la actividad a la que pertenecen".
Suspensión de tarifas y extensión de seguro
El proyecto de exoneración de tarifas está dirigido a los cuentapropistas y usuarios del MIDES. "Muchos de quienes integran este grupo, se encuentran asistiendo a alimentarse en las cientos de ollas populares que se están organizando. Estas personas, que han perdido la única fuente de sus ingresos, sufren las peores consecuencias económicas provocada por la crisis sanitaria. Según nuestras estimaciones, estos trabajadores andarían en el entorno de los 400.000", indica la exposición de motivos.
A través de este proyecto de ley se propone amparar a los cuentapropistas, exonerándolos del pago de tarifas públicas (energía eléctrica, agua y telecomunicaciones) por ciento veinte días.
Con respecto al seguro de desempleo, se propone hacer modificaciones parciales y temporales al régimen del subsidio por desempleo, extendiéndolo por un plazo mayor cuando este es de suspensión total de actividades.
Para aquellos trabajadores con remuneración mensual que fueran enviados por la causal suspensión total de actividades, el seguro pasa de ciento veinte días a ciento ochenta días.
En el caso de los trabajadores jornaleros el plazo máximo de permanencia en el seguro de desempleo se extiende a setenta y dos jornales.
Se establece que el término de esta ampliación será hasta el día 31 de diciembre de 2020. A partir del 1º de enero de enero de 2021, cesará los efectos de la ley y en su lugar recobrará vigor la redacción actual del artículo referido en el inciso primero.
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