La Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia de 7º Turno logró desbaratar una organización delictiva dedicada a rapiñar remesas de dinero y locales de cobranza, entre otros comercios de similares características.

En un juicio oral llevado a cabo el martes 28 de abril, la Fiscalía integrada por Adriana Edelman, Cecilia Tabárez y Dahiana Padilla acusó a tres integrantes de la banda por delitos de asociación para delinquir y tráfico de armas -entre otros- los que fueron recogidos por la jueza María Helena Mainard en su sentencia y condenados a penas de entre cuatro y cinco años de penitenciaría.

Según la teoría del caso presentada por Fiscalía, "surge plenamente probado mediante procedimientos de vigilancia electrónica llevados a cabo por la Dirección de Información Táctica de la Policía de Montevideo, que integrantes de un grupo que había sido desarticulado pretendían reorganizarse para cometer una serie de delitos, básicamente consistentes en rapiñas a remesas de dinero y locales de cobranza". A tales efectos, se habían ido proveyendo de armas de fuego de grueso calibre y de vehículos robados.

De la vigilancia realizada, surgió que el día 18 de febrero de 2019 se disponían a realizar un atraco a una institución financiera o una remesa en la zona del barrio La Comercial, por lo que se montó un operativo con distintas unidades policiales.

Efectivamente, se detectó a integrantes de la banda prontos para realizar una rapiña, los que que se dieron a la fuga al intentar ser detenidos. Luego de una intensa persecución se logró apresarlos.

Las defensas de los imputados se opusieron al relato de la Fiscalía, pero la jueza hizo lugar al pedido. En la sentencia la magistrada sostuvo: "Los medios probatorios allegados a la causa, entre ellos las interceptaciones telefónicas (...) el informativo testimonial, diligencia de allanamiento, las incautaciones efectuadas (armas, guantes, pasamontañas, rastros biológicos, celulares, etc.) y demás indicios analizados, llevan inequívocamente a concluir que los acusados fueron los autores de los delitos imputados por la Fiscalía en su demanda acusatoria".

De esa forma la jueza Mainard condenó a:

- A. A. L. V como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir agravado, dos delitos de receptación, un delito de atentado agravado, un delito de tráfico interno de armas agravado, un delito de porte de armas con signos de identificación suprimidos, todos en régimen de reiteración real, a la pena de cuatro años de penitenciaría.

- A. B. C como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir agravado, dos delitos de receptación, un delito de atentado agravado, un delito de tráfico interno de armas agravado, un delito de porte de armas con signos de identificación suprimidos, todos en régimen de reiteración real un delito de porte de armas por reincidente y un delito de violación de domicilio todos en régimen de reiteración real, a la pena de cinco años y cuatro meses de penitenciaría.

- F. D,. P como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir agravado, dos delitos de receptación, un delito de atentado agravado, un delito de tráfico interno de armas agravado, un delito de porte de armas con signo de identificación suprimidos, un delito de porte de armas por reincidente, todos en régimen de reiteración real, a la pena de cinco años de penitenciaría.