El precandidato blanco Álvaro Delgado calificó cuestionó el fallo del juez Alejandro Recaraey que detuvo el proyecto Neptuno de OSE, en Arazatí, y señaló que el mismo magistrado frenó de forma momentánea la vacunación contra el covid-19 en menores de 13 años.
“Yo soy muy crítico del fallo del juez Recarey sobre Arazatí. Creo que es un fallo equivocado, que el gobierno va a apelar. Estamos hablando del proyecto más importante en 150 años vinculado al tema agua potable”, dijo el exsecretario de la Presidencia en una rueda de prensa que concedió tras disertar en un evento de la Asociación de Dirigentes de Marketing.
Delgado remarcó como “un peligro” que la zona metropolitana continúe con una sola fuente potabilizadora de agua, según declaraciones consignadas por Telemundo (Canal 12).
“Yo soy muy crítico y comparo el fallo de este mismo juez cuando impidió, por unos días —porque logramos revertirlo en la Justicia—, la vacunación de menores de 13 años contra el covid-19, que estaba aprobada y recomendada por la comisión de vacunas. De un día para el otro resolvió suspenderla... Nosotros hicimos el amparo, apelamos, y logramos que el Tribunal de Apelaciones diera vuelta el resultado de este juez, que incluso lo sancionó la Suprema Corte de Justicia”, agregó después.
Por su parte, en una posición favorable a la resolución se expresó uno de los líderes del sindicato de OSE, Federico Kreimerman, quien afirmó que “el tiempo pone las cosas su lugar”. “Quisieron tapar con el humo un proyecto privatizador y de mala calidad”, sostuvo a través de su cuenta de Twitter.
Kreimeran había sido señalado como responsable de prender una bomba de humo en la sede de OSE en el marco de una protesta contra el proyecto Neptuno, lo que también ameritó un ida y vuelta entre el funcionario y un usuario de Twitter.
Quiere que le explique la ironía utilizada?
— Federico Kreimerman (@fedekf) June 25, 2024
El sindicalista afirmó a Arriba Gente (Canal 10) que el proyecto implica “una privatización del agua”, y apuntó a continuación al artículo 47 de la Constitución que consagra: “El servicio público de saneamiento y el servicio público de abastecimiento de agua para el consumo humano serán prestados exclusiva y directamente por personas jurídicas estatales”.