La Fiscalía Especializada en Delitos Complejos pidió meses atrás a la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) un informe para conocer si los denunciados por la causa de Katoen Natie habían incurrido en una violación al Código de Ética en la Función Pública.

En el documento, los miembros del organismo respaldaron el accionar del entonces ministro de Transporte, Luis Alberto Heber; el subsecretario de esa cartera, Juan José Olaizola; el prosecretario de Presidencia, Rodrigo Ferrés, y el presidente de la Administración Nacional de Puertos, Juan Curbelo, en el marco de las negociaciones que otorgaron a la empresa belga la concesión de la terminal especializada del puerto hasta 2081.

El informe que la Jutep elevó a Fiscalía fue votado por la presidenta del organismo, Susana Signorino, y el vicepresidente, Guillermo Ortiz. En tanto, la vocal por el Frente Amplio, Ana Ferraris, no estuvo de acuerdo con los argumentos que esgrimieron sus compañeros.

En ese sentido, Ferraris elaboró otro informe que contradice el votado por mayoría en la Jutep. Además, este martes la vocal decidió presentarlo también ante Fiscalía, ya que solo se había remitido el documento de Signorino y Ortiz.

En el informe de Ferraris, al que tuvo acceso Montevideo Portal, se plantea que el proceso de negociación entre el gobierno y Katoen Natie se dio bajo un manto de “opacidad”. “Resulta evidente que durante todo este proceso se actuó con opacidad [...] violando los extremos de la ley 18.381 (legislación sobre el derecho al acceso a la información pública)”, indica Ferraris.

El artículo 20 de dicha ley establece que el funcionario público debe actuar con “transparencia en el cumplimiento de su función”, de acuerdo con lo que escribió la vocal y presentó ante Fiscalía. La norma indica que “todos los documentos, actos o demás elementos que se quieran mantener bajo reserva deben ser declarados por ley o resolución fundada”.

“¿Hubo por parte del Poder Ejecutivo una declaración expresa que estableciera la reserva de las negociaciones? Se desconoce y se supone que no, lo cual surge claramente de las actuaciones de la Fiscalía”, argumenta Ferraris en su informe. Bajo este precepto, concluye: “Hubo por parte del Poder Ejecutivo [una] violación al artículo 20 del Código de Ética en la Función Pública”.

Uno de los argumentos que ha dado el gobierno para justificar la reserva pública de las negociaciones es que este tipo de contratos suelen darse bajo confidencialidad. Sin embargo, Ferraris lo contradice: “Es completamente falso que en materia de arbitraje internacional de inversiones la confidencialidad sea un elemento ineludible”.

“Ni siquiera es la regla”, agrega, e insiste en argumentar que, para que esto se dé, debe haber primero un “pacto escrito” entre las partes.

Ilegalidad en el plazo

En otro apartado del informe, Ferraris apunta contra el tiempo de concesión al que llegaron Katoen Natie y el gobierno, que será hasta 2081. “También es ilegal”, afirma la vocal al respecto. Citando diversas legislaciones, Ferraris concluye que el tiempo de concesión no podría haberse extendido más allá de los 30 años.

En esta línea, otro de los argumentos que esgrime es la falta de informes técnicos para lograr el acuerdo. Este punto ha sido mencionado por el Frente Amplio como una crítica a Ferrés y a Heber.

“Los jerarcas denunciados contaban con sobrados recursos para requerir los análisis que habrían permitido adoptar una decisión informada”, indica la vocal de la Jutep. Este asesoramiento que menciona no solo debía observar el beneficio económico para Uruguay, sino también para la empresa.

“Es evidente que nos encontramos frente a un acuerdo que solo genera perjuicios para el Estado y solo genera beneficios para el privado. El único beneficio (si así se le puede llamar) que se le dio al Estado es la renuncia a presentar una demanda cuya probabilidad de éxito era, a juicio de quien suscribe, prácticamente nula”, sostiene Ferraris.

El respaldo del directorio

El pasado jueves, Signorino y Ortiz apoyaron la elaboración de un informe que hizo la abogada de la Jutep —la única en todo el organismo— en el que se respalda al gobierno. Allí aseguran que los jerarcas denunciados cumplieron con los principios de “eficiencia y eficacia” que establece el Código de Ética.

Sobre la concesión, el informe entiende que el “Tribunal de Cuentas no ha observado ningún apartamiento al orden legal”. “Aún en la tesis más extrema, de acuerdo con el principio de finalismo, si el acto cumple con la finalidad prevista por la ley, aunque sea formalmente irregular, debe entenderlo válido”, agrega al respecto.

Susana Signorino. Foto: Jutep

Susana Signorino. Foto: Jutep

“La actuación de los jerarcas no implica transgresión de leyes, ni principios contra las normas de la administración y ética pública”, sentencia el texto.