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Locales

Con pecado concebido

Cura procesado: su abogado asegura que "no surge de las pruebas que haya habido abuso"

Gonzalo Aires dijo a Montevideo Portal que apelará el fallo que condenó al sacerdote por "atentado violento al pudor". "Hay contradicciones entre los testigos y lo que dice el propio denunciante", dijo.

06.09.2017 11:47

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2017-09-06T11:47:00-03:00
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La jueza Ana Ruibal decidió este martes el procesamiento con prisión al sacerdote que había sido denunciado por abusar de un adolescente en una parroquia de Montevideo.

Desde el Poder Judicial informaron a Montevideo Portal que Ruibal aceptó el pedido del fiscal Gilberto Rodríguez y procesó con prisión al sacerdote, de 55 años, por "un delito continuado de atentado violento al pudor".

En su pedido de procesamiento, el fiscal señalaba que surge del expediente que la víctima, un joven que actualmente tiene 23 años, comenzó a ser abusado sexualmente desde sus 14 años "en la habitación del párroco".

La víctima concurría al lugar como "fiel religioso" desde su adolescencia y, según el fiscal, el cura lo obligó a mantener relaciones sexuales "abusando de su condición de párroco del lugar".

En su denuncia, el joven indicó que los episodios de abuso fueron varios, entre sus 14 y 18 años. El denunciado, en tanto, solamente admitió haberlo hecho en una oportunidad, cuando la víctima ya tenía 18 años.

Sin embargo, el fiscal considera que tanto los testimonios de testigos - una empleada de la parroquia y una anterior novia de la víctima - y las pericias realizadas corroboraron la versión del joven abusado.

La otra versión

Gonzalo Aires, abogado del sacerdote, apelará sin embargo el fallo por considerar que tiene varias inconsistencias.

Aires dijo a Montevideo Portal que no le "conforma jurídicamente" la sentencia. "Primero, porque uno cuando responsabiliza a alguien de un delito debe basarse en pruebas. Hay ciertos delitos, como el homicidio, en el que tenés el cuerpo de la víctima, algo objetivo. En este tipo de delito, en el que no hay evidencias físicas, la única prueba es la pericial o la testimonial. En este caso, tanto de la prueba pericial como la testimonial no surge que haya habido abuso", indicó el letrado.

Agregó que "las pruebas del denunciante, que son dos testigos, están descalificadas por los propios dichos". Dijo que "hay contradicciones entre los testigos y lo que dice el propio denunciante en aspectos importantes, como la edad de la persona".

Aires señaló que para que exista abuso "tiene que haber sido realizado con violencia, amenazas o haya una hipótesis de delito de violación, como el caso de menores o personas sin consentimiento". "Acá no cuadra ninguna de esas, y ni siquiera se sugirió. No existió violencia física de ningún tipo y el joven tampoco lo sugirió. La amenaza, en concepto de la jueza, es porque el sacerdote era una persona de confianza del denunciante. No es una condición para decir que hubo una amenaza. No la hubo ni expresa ni implícitamente", apuntó.

El sacerdote sí reconoció que hubo un encuentro sexual, sin penetración, cuando esta persona era mayor de edad.