La Corte Electoral rechazó el planteo y el referéndum que promovían vecinos de la ciudad de Florida y de las localidades de 25 de Mayo y Sarandí Grande, según informó Subrayado y confirmaron fuentes del organismo a Montevideo Portal.
El ministro de la Corte Electoral José Garchitorena informó a Montevideo Portal que "los fundamentos fueron los mismos que habían esgrimido en marzo un grupo de ciudadanos de Durazno y Santa Bernardina", que presentaron una propuesta similar para modificar el recorrido de la vía férrea.
La sentencia declaró improcedente la iniciativa local y el referéndum que se promovía para el caso de que esa iniciativa local no fuera aprobada por las Juntas Departamentales.
El diputado por Cabildo Abierto Eduardo Lust dijo en enero a Montevideo Portal, cuando se llegó a las firmas presentadas a la Junta Departamental, que en caso de rechazarse el proyecto o si se deja vencer un plazo de 40 días para aprobarse, "la ley 9.515 dice que el intendente debe llamar a un referéndum en no más de 60 días para que sean los habitantes que resuelvan o no que el tren pase por la zona urbana".
Sin embargo, Garchitorena dijo al informativo de Subrayado (Canal 10) que la legislación uruguaya no establece que ante la negativa de una iniciativa local le siga el referéndum, como pretendían los promotores.
"El referéndum es una herramienta distinta y que no necesariamente está planteada para iniciativas locales", dijo el ministro de la Corte Electoral al citado medio.
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