El ministro de la Corte Electoral, José Garchitorena, confirmó a Montevideo Portal que esta semana no se llegará a contar las firmas necesarias para habilitar el plebiscito de la reforma de la seguridad social, impulsado por el Pit-Cnt y otras organizaciones sociales.
“Al ritmo que van, y habiendo paro parcial este jueves, entiendo que recién la semana que viene se llegará a las firmas”, explicó Garchitorena a Montevideo Portal. De este modo, la noticia se conocerá luego de las elecciones internas de los partidos políticos que se celebrarán este domingo 30 de junio.
El jerarca también afirmó que desde la Corte se da por sentado que habrá plebiscito, dado que la diferencia entre lo que resta para alcanzar las 276.151 rúbricas necesarias (19.452) y lo que resta por contar (72.841) es amplia.
A la tarde del miércoles 26 de junio (último dato disponible) se llevaban ingresadas 357.182 firmas, de las cuales 256.699 (71,8%) fueron validadas por el organismo electoral; 88.341 (24,7%) fueron rechazadas y 12.142 están “en proceso”.
Además, Garchitorena especificó que, “en caso de que haya dudas”, se podría recurrir a las firmas que fueron categorizadas por los equipos de la Corte Electoral como “en proceso”, dado que un porcentaje de estas podría ser revisado y aceptado.
Las 276.151 firmas que se necesitan para que el plebiscito de la reforma de la seguridad social se vote con las elecciones presidenciales en octubre corresponden al 10% del total de habilitados para sufragar (2.761.513 ciudadanos).
A fines de abril de este año, en vísperas de que se cumpliera el plazo estipulado legalmente para su presentación, el presidente del Pit-Cnt, Marcelo Abdala, junto a representantes de varias organizaciones sociales que respaldan el plebiscito, presentaron ante la presidenta de la Asamblea General, Beatriz Argimón, un total de 430.023 firmas para habilitar la iniciativa que pretende sustituir el artículo 67 de la Constitución de la República por una nueva versión.
Los tres puntos centrales de la reforma buscan eliminar las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP), fijar la edad de retiro en 60 años y determinar que la jubilación mínima tenga un monto equivalente al Salario Mínimo Nacional.
“Deberán cesar, dentro del plazo que fije la reglamentación, las actividades de las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional, dicho plazo en ningún caso podrá exceder de los 24 meses contado desde la entrada en vigor de la presente reforma”, establece la papeleta respecto al primer punto.
En cuanto a la edad de retiro, expresa: “Las personas tendrán derecho al acceso a la causal jubilatoria común a los 60 años y 30 años de servicios, continuos o interrumpidos, sin perjuicio de las bonificaciones y sistemas de cómputos especiales que establezcan las normas, y que resulten más beneficiosos para el trabajador”.
Finalmente, respecto al tercer punto, la papeleta sostiene que “ninguna jubilación, ni pensión podrá ser menor al valor del Salario Mínimo Nacional”. “Los ajustes de las jubilaciones y pensiones no podrán ser inferiores a la variación del índice medio de salarios, y se efectuarán en las mismas oportunidades en que se establezcan ajustes o aumentos en las remuneraciones de los funcionarios de la Administración Central. El ajuste no podrá ser nunca inferior a cero”, señala el texto.