Desde Policía Caminera explicaron cuáles fueron las infracciones cometidas y por qué no le pudieron retener la libreta de conducir..
Desde Policía Caminera explicaron cuáles fueron las infracciones cometidas y por qué no le pudieron retener la libreta de conducir.
La Dirección Nacional de Policía Caminera finalmente aplicó sanciones al conductor que casi produce un terrible accidente en el kilómetro 392 de ruta 5 el pasado lunes en horas de la tarde.
Según informó el director del organismo, Mauricio Tort, a Subrayado, el conductor de 63 años fue multado con ocho unidades reajustables, es decir, unos 12.018 pesos, teniendo en cuenta que el valor de una unidad reajustable es 1.502,25 pesos. La infracción penada fue “adelantamiento incorrecto” e “imprudencia en el manejo”.
Estos incumplimientos de las normas del tráfico no le permiten a Caminera quitarle la libreta de conducir porque así está establecido en la normativa vigente. La infracción que permite suspender la licencia es conducir habiendo tomado alcohol o en casos previstos en la Ley de Faltas, como medida sustitutiva a la condena por un delito, según publica el medio anteriormente mencionado.
Vanessa Briozzo, vocera de Policía Caminera, explicó al informativo que, en este caso, no hubo delito, aunque se trabaja en la vía administrativa para aplicarle una sanción. El miércoles pasado, Briozzo informó a la prensa que el resultado de la espirometría del conductor del ómnibus y el de la camioneta había arrojado como resultado cero.
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