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Policiales

Horror

Condenaron a siete años de prisión a un hombre que abusó sexualmente de su bisnieta

El hombre le sacaba fotos a la niña de 8 años y la amenazaba con echarla de la casa.

11.03.2021 16:13

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2021-03-11T16:13:00-03:00
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Un hombre de 78 años fue condenado como autor penalmente responsable de un delitos de atentado violento al pudor, reiterados delitos de abuso sexual específicamente agravados y reiterados delitos de abuso sexual sin contacto corporal, todos en régimen de reiteración real.

Según informa Fiscalía en su sitio web el hombre fue condenado a la pena de siete años de penitenciaría con descuento de la medida cautelar cumplida. La investigación estuvo a cargo de la Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 5º turno, a cargo de la fiscal Darviña Viera y representada por las fiscales adscriptas Nicole Lebel y Giuliana Realini.

Fiscalía señala que en octubre de 2019 un prestador de salud radicó una denuncia a través de su representante, luego de recibir una llamada realizada por el ahora imputado, donde se escuchó una conversación de este con una persona con voz de niña, conversación que hizo sospechar la ocurrencia de una situación de abuso sexual. Al ser consultado por la operadora, el imputado respondió que era su nieta.

Una vez iniciada la investigación, se identificó que con el imputado convivía su bisnieta, una niña de 8 años. Se hizo la derivación al equipo multidisciplinario de su prestador de salud, donde la niña fue internada durante un mes, y se recabó el relato acerca de los abusos sufridos, que el bisabuelo le sacaba fotos y que la amenazaba con echarla de la casa.

El padre de la niña declaró en sede de la Fiscalía que cuando la niña tenía 4 años relató una situación de abuso por parte de su bisabuelo, pero que en aquel momento no realizó la denuncia.

Respecto de la calificación jurídica, la jueza interviniente expresó que "el hecho anterior a la ley de Violencia de Género corresponde calificarlo como atentado violento al pudor, y los posteriores como abuso sexual, ya que el delito de atentado violento al pudor no ha quedado derogado, no ha sido la voluntad legislativa". Además, dijo que "la intervención en juicio de todos los peritos presentando sus informes el forma fundada brindó la posibilidad de analizar en forma adecuada los hechos y la declaración de la víctima realizada a los peritos idóneos en la materia evitando de esta manera su revictimización".

Se dispuso como pena accesoria la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o tenencia de niñas, niños o adolescentes o personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia y el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños o adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia por el plazo de diez años.

También se dispuso la condena accesoria de reparar patrimonialmente a la víctima, con la suma de doce salarios mínimos nacionales.


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