La Fiscalía Departamental de Atlántida de 1° turno, a cargo de la fiscal Cristina Falcomer -quien trabajó junto a los fiscales adscriptos Guillermina Arcaus y Cristian Bueno-, mediante juicio oral, logró la condena de C.R.P. a diez años de penitenciaría como autor penalmente responsable de un delito de violación en régimen de reiteración real con reiterados delitos de atentado violento al pudor agravado por ser la víctima menor de 12 años.
Según informa la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía General de la Nación se logró probar que C.R.P. en oportunidad que convivía con la víctima (hija de quien fuera su pareja) la obligó mediante el uso de violencia a sufrir la conjunción carnal, abusando de su confianza, superioridad física y autoridad.
Asimismo, resultó plenamente probado que ejerció sobre ella actos obscenos distintos de la conjunción carnal desde que la víctima tenía 7 años de edad.
Surge de la investigación que el imputado amenazaba a la víctima con hacer daño a su madre y hermanas, consiguiendo así, el silencio de la hoy adolescente durante varios años. Y que la adolescente logró relatar la situación sufrida a una persona adulta de su confianza (no familiar), luego que ésta advirtiera diversos indicadores (tanto físicos como en la conducta de la adolescente) y que insistiera en que le contara qué estaba sufriendo. Logrado esto, dio crédito al relato y la apoyó para que insistiera en transmitirle lo ocurrido a su madre, quien no la apoyó ni la referenció ya que no creyó el relato de su hija.
Fiscalía informa que durante el juicio se contó con diversas pruebas (declaración de testigos allegados al entorno y de testigos técnicos, declaración de la adolescente en forma de prueba anticipada, pericias psicológica, psiquiátrica y médica), cuyo aporte fue determinante para que la sede judicial considerara tanto la imputación como el impacto y la afectación que el delito dejara en la víctima.