La Comisión de Industria, Energía y Minería aprobó este miércoles en la Cámara de Diputados, con los votos del oficialismo, una nueva ley de medios, que deroga la actual normativa aprobada en diciembre de 2014 (Ley 19.307), durante el gobierno del expresidente José Mujica.
El tratamiento de dicha normativa, que ahora deberá pasar al pleno para ser aprobada, fue largamente discutido por el oficialismo, al punto que incluso fueron retirados algunos artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC) para tratar el tema de forma separada. Incluso, desde el oficialismo se llegó a plantear durante el período la posibilidad de enviar en alguna de las Rendiciones de Cuentas que han ido al Parlamento un artículo único que derogue la ley votada en 2014.
El diputado del Partido Colorado Martín Melazzi dijo a Montevideo Portal que algunos de los artículos también fueron votados por los legisladores del Frente Amplio.
El proyecto original enviado por el Poder Ejecutivo tuvo varios cambios durante la discusión en la comisión, con aditivos sustitutivos propuestos en los artículos 6, 7, 9, 10, 11, 12, 14, 16, 17, 23, 26, 29, 33, 34, 47, 48, 52, 54, 69, 71, 76, 77, entre otros.
El proyecto de ley original enviado por el Poder Ejecutivo constaba de 90 artículos, iniciativa impulsada con el espíritu de restablecer la normativa previa a que se votará la ley en 2014.
En la exposición de motivos, el Poder Ejecutivo expresó que la “revolución digital genera grandes cambios económicos y sociales de impacto, a velocidad exponencial”.
“Innova y brinda más libertades sociales y opciones de elegir, todo lo que ha facilitado un cambio en las formas de comunicación y al acceso a la información. En este nuevo contexto, los modelos de negocios cambian y las barreras de entrada en los diversos mercados se diluyen. Las rivalidades ya no son necesariamente entre prestadores que realizan las mismas actividades, sino que la competencia se amplia y al usuario final le es indiferentes el medio utilizado, en tanto el servicio sea similar en condiciones de calidad y precio. Los servicios tradicionales pasan a competir con plataformas electrónicas que brindan diversos servicios innovadores y se plantean desafíos importantes a los medios tradicionales, los que han ido disminuyendo en su demanda de consumo por parte de la población”, se añade.
En esta línea, el Ejecutivo argumentó que “la supervivencia de los medios de comunicación nacional”, que han sufrido caída de su demanda y modelos de ingresos, son “objeto de un marco legal muy restrictivo que no les permite adaptarse a las nuevas situaciones, dado que establece límites y requisitos que comprometen su viabilidad”.
Con respecto a la Ley 19.307, se apunta: “Dicha ley no solo modificó la legislación existente, sino que innovó en el marco normativo vigente hasta ese momento, regulando fuertemente la materia aunque en un principio declaraba que solamente buscaba aggiornarse al marco normativo vigente hasta esa fecha”.
“La Ley 19.307 es muy extensa, contiene 202 artículos y desde un primer momento se tildó de hiperreglamentarista, intervencionista, discrecional y limitativa de libertades. En tanto que cada vez que hay regulación, existe de una u otra manera limitación a la libertad. Asimismo, se la consideró desbalanceada porque colocaba al Poder Ejecutivo en una posición de supremacía frente a los licenciatarios, además de antigua, porque congelaba en sus disposiciones la debida convergencia con la tecnología”, señala la exposición de motivos, que además menciona artículos que la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucionales en su momento.
Según el gobierno, la normativa existente actualmente “otorgó al Estado la capacidad de influir en contenidos de muy variadas maneras y regular muy diversos aspectos”.
“Por tanto, a través del presente proyecto se pretende, no solo adaptar el marco normativo al nuevo contexto, sino que se suprimen las definiciones que podrían provocar el anquilosamiento de su aplicación en una materia tan dinámica como es el área de la tecnología y el conocimiento”, señala el documento.
“Con nombre y apellido”
En tanto, el director ejecutivo de Observacom y uno de los redactores de la ley aprobada en 2014, Gustavo Gómez, cuestionó la iniciativa votada en la comisión este miércoles.
“Una ley con nombre y apellido, menos transparente y menor pluralismo: permitirá más concentración, ‘blanquear’ grupos mediáticos ilegales y habilitar mayor extranjerización de medios”, apuntó Gómez.
“Blanquea concentración ilegal del Grupo Clarín de Argentina. La ley vigente solo permite acumular tres licencias de TV paga. Clarín/Flow tiene ocho licencias. ¿La nueva ley que tope pone ahora? Ocho licencias. No es un número arbitrario, son las mismas que ya tiene Clarín. Blanquea concentración ilegal de grupos mediáticos uruguayos. La actual #LeyDeMedios permite solo tres licencias de radio y TV. Se duplican a seis (cuatro de ellas en Montevideo). El número no es arbitrario, busca legalizar a los grupos mediáticos Romay, Sarandí, Magnolio y Zorrilla”, cuestionó el consultor en un hilo de X (Twitter).
Gómez también se refirió a que el proyecto “autoriza la venta del 100% de las acciones a empresas TV para abonados a grupos extranjeros, cuando la “actual ley de medios solo permite 49% de capital extranjero (con excepción de quienes ya tenían licencia) pero, no su control total”.
“Deroga transparencia en el otorgamiento de licencias de radio y TV: elimina organismo de control empresarial y ciudadano (honorario) y también las consultas públicas previas a su entrega, renovación o venta. Oculta decisiones altamente sensibles para la libertad de expresión. Hasta 2014 no estaban obligados a pagar por usar frecuencias que son un patrimonio público. El gobierno las exonera, año a año, pero ahora lo derogan de plano. Las radios del interior no debían pagar nada. ¿Quiénes se benefician? Las grandes TV comerciales de Montevideo”, criticó.
Proyecto Ley de Medios original enviado por el Poder Ejecutivo
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