Además del acuerdo logrado sobre los fondos por US$ 20 millones que del Instituto de Colonización serán destinados a asentamientos, la coalición de gobierno acordó este lunes, sobre todo a instancias del Partido Colorado, eliminar de la Rendición de Cuentas el artículo 281.
Dicho apartado habilitaba a dependencias estatales a que depositen sus fondos en bancos privados, algo que salvo por excepciones autorizadas, en la actualidad se deben hacer en entidades públicas, particularmente en el Banco República (BROU).
El diputado colorado Conrado Rodríguez explicó a Montevideo Portal que los argumentos esgrimidos por el Banco Central del Uruguay (BCU), más allá de que uno radicaba en la mejora en la competencia del sistema financiero nacional, fueron referidos a que las empresas públicas se beneficiarían al poder depositar en aquella banca privada en la que ya son clientes o tienen préstamos asociados.
En este sentido, Rodríguez dijo que para el BCU habilitar los depósitos de las empresas públicas en esos bancos podría lograr a la hora de pedir créditos, mejores condiciones en los plazos y menores tasas de interés.
Otro argumento manejado fue que a la hora de cambiar pesos a dólares (Ancap tiene ingresos en moneda nacional y compra su materia prima en moneda extranjera, por ejemplo), al ser las empresas públicas clientes más activos con las instituciones privadas, se podrían lograr mejores tipos de cambio.
Sin embargo, la posición del Partido Colorado y en particular de Rodríguez, es que ya existe la excepción en la legislación actual.
"Entendemos la fundamentación. La ley del año 1987 indica que la regla para depósitos de organismos públicos debe ser en la banca estatal, pero el Poder Ejecutivo por vía de la excepción puede autorizar a una empresa pública a depositar sus fondos en la banca privada", explicó el legislador a Montevideo Portal.
Agregó, en este sentido, que la herramienta ya existe, por lo que "no hay necesidad de cambio" y que en caso de que lo hubiera "podría existir una importante migración hacia los bancos privados que podría afectar parte de la liquidez del BROU, que se utilizan en mayor medida para créditos sociales".
Tanto la Asociación de Bancarios del Uruguay (AEBU) como el sector Ciudadanos ya habían manifestado su disconformidad con el artículo, que señalaba: "Los recursos y las fuentes de financiamiento del Estado se determinan por las leyes nacionales o por los decretos de los Gobiernos Departamentales que les dan origen.
Se fijan y recaudan por las oficinas y agentes, en el tiempo y forma que dichas leyes o actos y su reglamentación establezcan. Todos los depósitos de fondos realizados por instituciones públicas se realizarán sin excepción en los bancos autorizados por el Estado a funcionar en la República Oriental del Uruguay".