Contenido creado por Nicolás Delgado
Política

Habiilitados

Coalición habilita acuerdos con funcionarios del Poder Judicial hasta marzo de 2022

El 62% de quienes tienen sentencia definitiva por sus reclamos por diferencias retributivas firmaron convenio en el último año.

19.08.2021 21:39

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2021-08-19T21:39:00-03:00
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Montevideo Portal

En 2010, el Parlamento aprobó un aumento salarial para ministros que generó, por el enganche salarial entre los secretarios de Estado y los funcionarios del Poder Judicial, un incremento en el sueldo de estos trabajadores judiciales, quienes, al no recibir la retribución correspondiente, reclamaron ante la Justicia el pago. Una década después, el Parlamento aprobó partidas presupuestarias con destino a atender el pago derivado de las sentencias de condena dictadas, y este jueves extendió el plazo para firmar esos convenios.

El diputado colorado Conrado Rodríguez informó en el Parlamento que el 62% de los trabajadores con sentencia firme que reclamaron ya firmaron convenio con el Estado, por lo que cobrarán lo que les corresponde. El legislador anunció además que el plazo para la firma de estos convenios fue extendido hasta marzo de 2022.

Por su parte, el diputado nacionalista Sebastián Andújar, que preside la comisión de Presupuesto integrada con Hacienda de la cámara, informó en conferencia de prensa que la coalición "ha avanzado en la temática del Poder Judicial, que es una temática pendiente para nuestro país desde hace muchísimos años y varios gobiernos".

Por su parte, Rodríguez destacó "el proceso de trabajo de los legisladores de la coalición con respecto a la temática del Poder Judicial, en lo que tiene que ver con los reclamos de las diferencias retributivas surgidas a partir de la Ley de Presupuesto del año 2010, en el que no se había dado cumplimiento a los aumentos dispuestos por la Justicia".

"Este equipo de legisladores de la coalición, el año pasado en la Ley de Presupuesto, aprobamos una norma por la que se le daba la posibilidad de hacer un convenio a los funcionarios del Poder Judicial que tuvieran sentencia definitiva y en ese marco se llegó al 62% de adhesiones de este convenio", dijo el diputado colorado en conferencia de prensa, en el último día del tratamiento de la Rendición de Cuentas en la cámara baja.

"En las últimas horas existe una resolución por parte del presidente de la República, también firmada por el Ministerio de Economía, en la que se va a cumplir efectivamente con este 62% de los funcionarios que han adherido al convenio, se les va a pagar la sentencia de condena con la liquidación correspondiente, y así mismo se va a ir hacia una readecuación salarial que va a llevar a que al final del quinquenio tendrán un aumento del 26% como así lo establece la justicia, como así lo establece cada una de las sentencias", agregó.

Rodríguez dijo que "ha sido un trabajo muy bueno por parte de la coalición, del gobierno todo, y esto abre la posibilidad para que en esta Rendición de Cuentas podamos reabrir el plazo, vamos a reabrir el plazo para que aquellos que no adhirieron al convenio lo puedan hacer hasta el 31 de marzo del año que viene".

Artículo

El artículo que cuenta con los votos de la coalición y será aprobado en Diputados, al que accedió Montevideo Portal, extiende el plazo "para recabar las adhesión de las personas o sus causahabientes, que aún no lo hubieran hecho, y que tengan derecho al cobro de lo estipulado en el inciso primero de esa disposición legal, para suscribir el convenio, con la liquidación respectiva, renunciando en él a todo tipo de actualización presente o futura de las referidas sentencias, así como a toda reclamación en vía jurisdiccional o administrativa por motivo del diferendo salarial derivado de la aplicación del artículo 64 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010".

Además, agrega: "Declárase que dicho acuerdo pone fin a los procesos iniciados por el motivo referido".

Por último, concluye que "vencido el plazo dispuesto en el inciso precedente, el Poder Judicial comunicará al Poder Ejecutivo las adhesiones alcanzadas, y éste último, dentro de los 30 días siguientes, dictará resolución, en cumplimiento del inciso cuarto del artículo 650 de la Ley N° 19.924".

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