El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), dependiente de la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh), presentó su informe anual correspondiente a 2018 con datos y análisis del monitoreo de la situación de las personas privadas de libertad en el sistema de responsabilidad penal juvenil, sistema de protección 24 horas de niñas, niños y adolescentes, sistema carcelario y unidades policiales, e instituciones psiquiátricas.

En el capítulo sobre las instituciones psiquiátricas, el MNP presenta datos y análisis de los centros dependientes de ASSE: Centro de Rehabilitación Médico Ocupacional y Sicosocial (Ceremos) y Hospital Vilardebó, que a diciembre de 2018 albergaban a 988 pacientes, de los cuales 66,7% eran varones.

Ceremos se encuentra ubicado en el kilómetro 79,500 de la Ruta 11, departamento de San José. Por su parte, el Hospital Vilardebó, está emplazado en Montevideo (Millán 2515, Reducto) y oficia como hospital psiquiátrico de referencia de pacientes agudos.

Del total de personas alojadas en ambas instituciones psiquiátricas, el 44,6% eran pacientes judiciales. En las salas de pacientes inimputables, en Sala 10 y Sala 11 se alojaban 13 y 39
varones respectivamente, y 15 mujeres en Sala 16.

En 2018 egresaron 1.678 pacientes. Por tratarse de un hospital para pacientes calificados como crónicos, de Ceremos egresaron 41 personas, con un promedio de 16 años de internación para judiciales (5.894,5 días) y 24 años para no judiciales (8.903 días).

Del Vilardebó egresaron 1.637 personas, 28% de las cuales eran pacientes judiciales (465). La estadía promedio fue de 109 días para judiciales y 53 días para no judiciales.

El informe destaca que entre los pacientes no judicializados el tiempo de permanencia promedio de las mujeres fue la mitad que el de los varones. En cambio, entre los pacientes derivados por juez, el tiempo de estadía promedio de las mujeres resultó algo superior al de los varones.

El MNP señala que las instituciones psiquiátricas "forman parte de los contextos no convencionales en los que las personas corren el riesgo de sufrir abusos que pueden constituir tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes".

El informe establece que si bien se inspeccionaron distintas dependencias de ambos centros monovalentes, el monitoreo se focalizó en aquellas salas y pabellones que por sus características portaban "mayores factores de riesgo de malos tratos".

En total se realizaron 11 visitas a instituciones psiquiátricas, seis de ellas al Hospital Vilardebó y cinco a Ceremos.

"Hallazgos y nudos críticos" del monitoreo

El informe advierte condiciones edilicias precarias e incluso peligrosas en ambas instituciones. En este sentido, indica que los pabellones 5 y 10 del Sector Etchepare de Ceremos "están ubicados en un predio alejado de la vía principal de acceso y enclavados en un terreno anegadizo".

En ese centro se encontraron dos situaciones de particular riesgo: un paciente que vivía en una "carpa" instalada en el terreno contiguo y otro paciente alojado en solitario en el sótano de uno de los edificios.

Los edificios colindantes se encontraban "separados" por una mampara de madera sostenida precariamente por muebles, lo que significaba un riesgo para la integridad física de las personas. La misma precariedad se observó en el saneamiento y la instalación eléctrica, lo cual también implicaba un riesgo para la seguridad, a la vez que impedía calefaccionar las extensas y húmedas salas de manera adecuada.

Por otra parte, advierten la disimilitud entre los pacientes allí albergados. Las edades de los pacientes oscilaban entre los 22 y los 83 años y había personas con más de 50 años de hospitalización conviviendo con otras de "bastante más reciente ingreso". Allí también se encontraban los pacientes judiciales.

En cinco de los 78 pacientes residentes en ambos pabellones el alcoholismo surgía como motivo de la institucionalización. Una persona se encontraba internada por orden judicial desde hacía tres años y el diagnóstico que había originado su derivación era la "situación de calle".

El documento señala que si bien estos pabellones no presentaban "las inaceptables características de aquellos que motivaron la sentencia judicial de 2015", tampoco contaban con las condiciones adecuadas para albergar personas con discapacidades, "más aún personas que se encontraban en una situación de mayor vulnerabilidad por haber vivido hasta abril de 2015 en condiciones absolutamente vulneradoras de sus derechos humanos".

El equipo del MNP señaló a las autoridades de Ceremos "su preocupación por las condiciones de internación de las personas alojadas en ambos pabellones, cuya infraestructura añosa obstaculizaba los cambios estructurales necesarios para asegurar las más dignas condiciones de vida para estos pacientes".

En este sentido, recomendó a las autoridades establecer a corto plazo (30 días) un plan de "efectivo reacondicionamiento edilicio interior y exterior de ambos pabellones" y elaborar un proyecto integral que fortaleciera la incorporación activa de los pacientes a la vida diaria, incluyendo entre sus componentes tratamiento, rehabilitación, educación, recreación e inserción laboral, así como hojas de ruta de realojo digno o de posibilidades de externación de las personas allí alojadas.

También advirtió las dificultades para efectivizar los procesos de desinstitucionalización y externación asistida de la población residente, lo cual confirmó "una vez más los efectos de segregación y estigma que generan la vida tutelada y otras formas de confinamiento propias de las estructuras asilares y monovalentes".

"Los principios de salud mental afirman que cualquier restricción física o reclusión involuntaria debe ser utilizada únicamente ‘cuando sea el único medio disponible para impedir un daño inmediato o inminente al paciente o a terceros. Estas prácticas no se prolongarán más allá del período estrictamente necesario para alcanzar este propósito'", recuerda el informe.

En lo que refiere al Hospital Vilardebó, preocupan al MNP los altos promedios en los tiempos de detención de los y las pacientes judiciales en instituciones psiquiátricas, la permanencia de esas personas en la institución una vez notificada el alta médica al Poder Judicial, así como las condiciones en las cuales muchas de esas personas transitan los procesos de institucionalización.

Dado que las prácticas de aislamiento y contención aumentan los riesgos para la integridad física y mental de las personas afectadas, se apuntó también a verificar la excepcionalidad y la brevedad de ese tipo de medidas y las condiciones en las cuales se aplicaban en las nuevas celdas de aislamiento de la Sala 11, así como a garantizar la no reapertura de las celdas de aislamiento de las Salas 10 y 16 (11 Bis), clausuradas en 2017.

Es en la Sala 11 donde se han concentrado los conflictos de alta intensidad (fugas, quema de colchones, toma de rehenes o motines). El 2018 no estuvo libre de ese tipo de episodios, que se produjeron al menos en cuatro oportunidades.

De los 12 pacientes alojados de a tres en los cuatro cuartos fuertes se constató que estos casi no contaban con espacio para moverse y que uno de cada tres se veía obligado a dormir en colchonetas en el suelo. "Estas condiciones contravienen las normas internacionales, a la vez que representan riesgos de vida para esas personas y el personal a cargo de esas instalaciones", advierte el texto.

El MNP documentó condiciones de aislamiento que vulneraban la integridad física y mental de las personas allí detenidas.

"El MNP ha sido enfático respecto a la clausura permanente de las celdas de aislamiento de la Sala 16, que en enero de 2016 fueron testigo del suicidio de una joven paciente en uno de los cuartos fuertes, frente a lo cual la inddhh recomendó que se erradique el uso de ‘cuartos fuertes' construidos con lógicas carcelarias y de encierro. Los espacios destinados a la contención deben permitir atender la crisis y propender a la recuperación", argumenta.

Asimismo, advierte por los graves riesgos que comportan para el derecho a la vida y a la integridad física las prácticas de encierro prolongado, aislamiento y farmacolización, como sustitutos de los planes y recursos materiales y humanos indispensables para la atención integral de las personas.

El 2018 se saldó una vez más de manera trágica con la muerte de un paciente, el 9 de diciembre, como consecuencia de un incendio en el cuarto 3 de contención de la Sala 11 del Vilardebó.

Ante esta situación, el 18 de diciembre el mnp realizó una nueva visita en la que constató "la permanencia de condiciones de riesgo para la integridad personal de los pacientes alojados, así como la afectación que produjo esta muerte en pacientes y funcionarios/as".

"El MNP y la Inddhh en su conjunto continuarán aportando para efectivizar la Ley de Salud Mental, así como para la real transformación de los modelos y servicios de atención a la salud mental, y la erradicación de aquellas prácticas que atentan contra la dignidad, la integridad física e incluso el derecho a la vida de las personas con padecimientos mentales", finaliza el informe.