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Después de la reunión de la Mesa Política de Cabildo Abierto (CA), el senador y líder del partido, Guido Manini Ríos, anunció que comenzarán a recolectar firmas para impulsar un plebiscito constitucional para la reestructuración de deudas de personas físicas.
En mayo, CA presentó en el Parlamento un proyecto que establece topes en las tasas de interés a cobrar, que “no puede superar, en moneda nacional, el equivalente a cuatro veces el valor de las tasas a las que se endeuda el Estado”.
“Es decir, el valor promedio ponderado, por monto emitido de la tasa de corte resultante de las últimas tres subastas de letras de regulación monetaria para el plazo de un año, emitidas por el Banco Central del Uruguay”, señala el articulado.
“La Mesa Política decidió por unanimidad comenzar a recorrer el camino de la recolección de firmas. En principio, busca que se haga cumplir el artículo 52 de la Constitución, que prohíbe la usura en todo el territorio nacional. Además, que signifique la posibilidad de una reestructura de la deuda para centenares de miles de uruguayos que hoy son considerados como deudores incobrables por el Banco Central del Uruguay (BCU)”, expresó Manini Ríos, y criticó la Ley 18.212 (Ley de Tasas de Interés y Usura) porque “ampara la usura” al avalar que haya tasas de intereses para préstamos superiores al 100%.
Sin embargo, el senador dijo que CA en las últimas horas recibió información de que hay propuestas de otros partidos políticos para llegar a un acuerdo legislativo que dé “solución a uno de los principales problemas que hay en el país”.
“Aún no hemos analizado esas propuestas. Nuestro compromiso es que si en el transcurro de este proceso de recolección de firmas surgiera o se arribara a la solución legislativa, estamos dispuestos a cortar ese proceso”, afirmó.
Tras la salida de Irene Moreira del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, CA resolvió por mayoría continuar en la coalición de gobierno, pero advirtió que, en caso de no avanzar su proyecto de ley en el Parlamento, iniciaría la recolección de firmas.
El documento presentado por CA establece, en su artículo 23: “Para la reestructuración del pago de deudas se considerará la deuda justa, que se define como el monto inicialmente convenido, en moneda nacional o extranjera, convertido a Unidades Indexadas [UI] al valor de la fecha de realizado el contrato, al que se suma una Tasa Efectiva Anual del 2% por concepto de intereses, multas, mora y cualquier otro tipo de recargos, y se le restan los pagos efectuados por el deudor, por todo concepto convertidos a UI, hasta la fecha de solicitud de reestructuración”.
Por su parte, el artículo 52 de la Constitución prohíbe la usura y establece un límite máximo al interés de los préstamos. “Esta determinará la pena a aplicarse a los contraventores. Nadie podrá ser privado de su libertad por deudas”, añade el enunciado.
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