El Banco de Previsión Social (BPS) emitió un comunicado en los últimos días con el objetivo de informar que las personas que quieran presentar peticiones, recursos o descargos deben presentar su constancia de voto en las elecciones nacionales de octubre y noviembre.
El organismo detalló que este control se hará entre el 23 de marzo y el 21 de julio de este año. En el caso de las empresas que quieran elevar documentos, quienes deben acreditar el voto son los titulares, representantes o profesionales que firmen los escritos.
A pesar de esta verificación, el BPS informó que no es obligatorio presentar la constancia en el mismo momento que se entregue el documento. En ese caso, deberá ser enviada o adjuntada dentro de los 30 días siguientes.
“Quienes no votaron, deberán presentar las constancias de justificación expedidas por la Corte Electoral o del pago de las multas correspondientes”, expresa el comunicado.
Por último, el ente informó que la acreditación del voto podrá presentarse tanto de manera presencial como de forma virtual en el siguiente link.