La justicia declaró probada la responsabilidad del Estado argentino en la matanza de más de 400 indígenas en una reserva en Chaco (noreste) el 19 de julio de 1924, en una histórica sentencia leída este jueves en castellano y en las lenguas originarias qom y mocoit.

Al término de un 'juicio por la verdad' iniciado el 19 de abril pasado y que buscó esclarecer los hechos de la llamada Masacre de Napalpí, la jueza federal Zunilda Niremperger calificó los hechos como "crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco del genocidio de los pueblos indígenas".

"La masacre provocó graves consecuencias, sufrieron el trauma del terror, el desarraigo, la perdida de su lengua y de su cultura", señaló el tribunal.

Este fue el primer juicio que investigó la persecución sistemática de pueblos originarios en Argentina y en él fueron querellantes la secretaría de Derechos Humanos de la provincia del Chaco y el Instituto Aborigen Chaqueño.

La justicia consideró probado que "existió responsabilidad del Estado nacional argentino en el proceso de planificación, ejecución y encubrimiento en la comisión de los delitos de homicidios agravados con ensañamiento con impulso de perversidad brutal, en reiteración de hechos y reducción a la servidumbre". Los hechos ocurrieron durante la presidencia del Marcelo T. de Alvear (1922-1928).

La jueza ordenó la publicación en el Boletín Oficial de la sentencia e incluir el estudio de la masacre en los programas escolares y universitarios, entre otras "medidas de reparación histórica".

La lectura de la sentencia se prolongó por una hora ya que cada punto leído por la jueza era leído también en qom y en mocoit por integrantes de esas comunidades sentados junto a la magistrada en la sala de audiencias del juzgado de Resistencia, unos mil kilómetros al norte de Buenos Aires.

Sin victimarios vivos y sin acusados en el banquillo, el juicio por la verdad apuntó a las responsabilidades y a reivindicar y reparar a las víctimas a través de la reconstrucción de los hechos en base al relato de sobrevivientes y de sus descendientes, también escuchados durante las audiencias.

En 2008, el gobernador de Chaco, Jorge Capitanich, había pedido perdón en nombre del Estado.

Los historiadores destacan que en su conformación como nación independiente, en Argentina hubo sometimiento de los pueblos originarios, que quedaron al borde del exterminio.

Uno de los episodios más trágicos es el conocido como La Campaña del Desierto, para la incorporación de la Patagonia al territorio nacional, que dejó un saldo de al menos 14.000 indígenas muertos entre 1878 y 1885.

- La masacre -

El tribunal unipersonal declaró "probado que la mañana del sábado 19 de julio de 1924, alrededor de un centenar de policías gendarmes y algunos civiles armados ayudados por un avión llegaron a la zona de la reserva donde un millar de personas de familias qom y mocoit y algunos peones realizaban una huelga".

Protestaban "por las condiciones a las que estaban sometidos, que eran deplorables". Tenían poca comida, les pagaban con vales, les cobraban impuestos por el algodón que cosechaban y costosos fletes, aunque la mayoría era obligada a trabajar en ese lugar y les impedían la libre circulación, precisó el texto.

El centenar de hombres armados se apostó en las afueras de la reserva y dispararon contra las personas durante una hora.

"Por el impacto de la balacera cayeron muertos entre 400 y 500 integrantes de las etnias qom y mocoit", señala el fallo. "Los heridos que no pudieron escapar fueron ultimados de las formas más crueles posibles. Se produjeron mutilaciones, exhibiciones y entierros en fosas comunes", agrega.

Los sobrevivientes "debieron esconderse durante mucho tiempo para evitar ser capturados y asesinados".

En aquel momento el Estado construyó "una historia oficial para negar y encubrir la matanza" y se presentó como "un enfrentamiento entre las etnias que habría tenido como consecuencia la muerte de cuatro indígenas", una versión que fue validada por la justicia en un proceso en el que no declaró ningún indígena, destacó la sentencia.

AFP