La defensa de los militares en situación de reforma Jorge Pajarito Silveira, José Arab y del expolicía Ricardo Medina logró suspender las audiencias previstas por los casos de los asesinatos de William Whitelaw, Rosario Barredo, Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz, además de las desapariciones de Manuel Liberoff y Washington Barrios, todos delitos cometidos en Argentina, informó La Diaria y confirmó Montevideo Portal.
La jueza Adriana Chamsarián del 31º turno dio lugar al pedido de los abogados de los investigados de suspender las audiencias, quienes argumentaron que, al tratarse de delitos de lesa humanidad, la causa debería ser estudiada por la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
Esta noción, a su vez, se basa en el artículo 239 de la Constitución que establece las potestades de la SCJ, entre las que se detalla que esta debe “juzgar a todos los infractores de la Constitución, sin excepción alguna; sobre delitos contra derecho de gentes y causas de almirantazgo; en las cuestiones relativas a tratados, pactos y convenciones con otros Estados; conocer en las causas de los diplomáticos acreditados en la República, en los casos previstos por el Derecho Internacional”.
De esta manera, se aplaza el proceso que busca una condena de hasta 30 años (en el caso de Arab) para los imputados, que ya se encuentran privados de libertad, según había pedido el fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, a mediados de enero de este año. La suspensión de las audiencias se dará hasta que la SCJ resuelva la excepción planteada.
En el caso de Silveira, la Justicia penal lo había condenado, junto con el militar Ernesto Rama, en setiembre de 2022 por la coautoría de seis delitos de privación de libertad, cuatro delitos de abuso de autoridad contra detenidos, cuatro delitos de lesiones graves y un delito de desaparición forzada en calidad de autores.
Además, los tres (Silveira, Medina y Arab) habían sido procesados con prisión en noviembre de 2022 por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar en Uruguay, según consta en el fallo de la jueza Silvia Urioste.
En la sentencia, a la que accedió Montevideo Portal por ese entonces, se procesó a los cinco implicados por los delitos de “privación de libertad especialmente agravados, en concurrencia fuera de la reiteración con reiterados delitos de lesiones graves y de violencia privada especialmente agravados”.
El documento detalla que sometieron a varias personas a “tratos crueles, inhumanos y degradantes, consistente en violencia sexual, desnudez, práctica de submarino mojado y seco, golpizas, colgadas con los brazos hacia atrás y picana eléctrica, entre otros”.
Los procesados están involucrados en la investigación del llamado “primer vuelo” (26 de julio de 1976), que llegó a Uruguay desde Argentina con 20 detenidos, a los que llevaron al centro de detención clandestino conocido como “Casa de Punta Gorda”. Posteriormente, fueron trasladados a otros centros clandestinos.
Luego de esto, a finales de noviembre de 2023, Arab fue procesado con prisión por otros delitos cometidos en plena dictadura en 1974 vinculados con el caso de los “Fusilados de Soca”.
De acuerdo con el acta, el militar retirado fue procesado como coautor “con prisión domiciliaria” y bajo la imputación “prima facie” de cinco delitos de homicidio muy especialmente agravados; dos de privación de libertad, uno de estos en reiteración real con abuso de autoridad y uno de supresión y suposición de estado civil.