El Ministerio de Ambiente dio lugar a la denuncia que presentó en febrero el intendente de Canelones, Yamandú Orsi, por una desviación que realizó una empresa arenera sobre el arroyo Vejigas, que es afluente del río Santa Lucía.
Según informó La Diaria, en la resolución, Ambiente insta a las empresas que están haciendo esos trabajos a detener las obras, y dijo que se constató que se realizaron extracciones de “áridos del álveo” del arroyo utilizando maquinaría pesada y camiones.
Los técnicos del ministerio se hicieron presentes en el lugar y vieron que no se encontraba “propiamente represado”, pero sí conformado una modificación temporal por desviación del curso, algo que podría llegar a ser una “infracción susceptible de ser sancionada”.
Otros técnicos de la cartera también visitaron la zona y determinaron que se había producido una “alteración al régimen natural” del arroyo, que generó una “alteración al régimen natural” del arroyo y afectaciones directas e indirectas sobre el ecosistema fluvial, su biodiversidad y los servicios ecosistémicos asociados. Más allá de las sanciones que puedan aplicarse, los técnicos solicitan la recomposición de lo realizado para que se restaure la dinámica natural de las aguas del Vejiga.
Finalmente, La Diaria consigna que la División de Evaluación de Impacto Ambiental constató el enlentecimiento del caudal del río Santa Lucía y que esto generó situaciones propicias para el desarrollo de algas y el arrastre del material utilizado. Según los técnicos, se contaminó por el uso de residuos de distinto tipo.
Por último, Ambiente señala en la resolución que las infracciones reconocidas no pusieron en peligro la fuente de agua para el suministro de la población, pero que el volumen más importante disponible para potabilizar en la planta de Aguas Corrientes proviene de la represa del Paso Severino, por lo que se concluyó que fueran suspendidas las tareas.
Asimismo, por haber realizado una modificación temporal por desviación del curso, sin noticia de la administración e incumpliendo con lo dispuesto en el Código de Aguas, las empresas son pasibles de ser multadas. Según consigna el medio anteriormente mencionado, la multa podría ser de 100 UR más 200 UR por otros incumplimientos.
También se intima a la empresa a reparar la zona afectada; para eso, deben presentar un plan en diez días hábiles que deberá ser evaluado por las divisiones de Ambiente, además de un plan de retiro de materiales y de restauración del curso en condiciones similares a las anteriores de la intervención, así como “cegar los canales construidos y restablecer el curso por la traza inicial”.