Los defensores de los 11 imputados que irán a juicio oral presentarán un recurso de inconstitucionalidad por “vía de excepción” ante la Justicia, en el marco de la Operación Océano. En el escrito, al que accedió Montevideo Portal, se expresa que los artículos presuntamente inconstitucionales (81.2.c y 268.4 del Código del Proceso Penal, el artículo 80 de la ley 19.580 y el artículo 4 de la Ley 17.815,) y alegan que las penas que pretende aplicar Fiscalía son “más que desproporcionadas”.
A mediados de mayo, el fiscal de Corte subrogante, Juan Gómez, informó en conferencia de prensa que once de las más de veinte personas imputadas por Operación Océano irán a juicio oral tras vencerse el plazo para acordar con la Fiscalía en un juicio abreviado o ser sobreseídos. En las eventuales audiencias judiciales, las defensas “tendrán la posibilidad de esgrimir sus defensas ante un juez y estaremos todos atentos a la decisión del Poder Judicial”, según señaló en ese entonces el fiscal General de la Nación.
En su justificación, los abogados plantean que el artículo 81.2.c del Código del Proceso Penal (CPP) genera una “violación de los principios del debido proceso” y de “igualdad de armas” de las partes, al “admitir que la defensa de la víctima pueda presentar prueba coadyuvando con la acusación después de contestada por la defensa”. Los abogados entienden que esto “impide su efectivo control” y es “contradictorio”.
Más adelante, en el escrito que consignaron El País y El Observador, se señala que se le da una serie de ventajas a la Fiscalía y la defensa de las víctimas, “que violan el principio de igualdad”, específicamente el de igualdad de armas en el proceso, consagrado en los artículos 8, 12, 20, 21, 22 y 72. Además, esta ventaja genera un “perjuicio” a los acusados, se sostiene.
Con respecto a la Ley 17.815, los patrocinantes de los enviados a juicio oral entienden que las penas que establece, al sancionar “meros actos de proposición”, son “absolutamente desproporcionadas” y “violentan criterios elementales de dosimetría penal”, que están reconocidos en los principios de igualdad y razonabilidad, expresa el texto.
“Prueba de ello es la evidente desproporción de las penas que solicita la Fiscalía en la acusación respecto a las sentencias ‘acordadas’ en juicios abreviados, aun cuando se trata de situaciones de hecho que se pueden considerar objetivamente similares que llegan en la mayoría de los casos a seis años de penitenciaría”, acota el escrito.
En este sentido, los representantes legales señalan que la Fiscalía pide que se condene a los acusados y además se pague a las víctimas una suma equivalente a 12 salarios mínimos por concepto de reparación patrimonial. Como respuesta a esto, dicen que “demostrarán” que esta pretensión constituye un “premio” con el que el Ministerio Público “pretende privilegiar” un “ilícito comportamiento” de las “presuntas víctimas”.
En el recurso los abogados expresan que, “mediante una organización conformada por jóvenes mayores y menores de edad, de una activa y desarrollada vida sexual, ofrecían sus servicios a cambio de dinero, infiltrándose en redes sociales exclusivas para adultos, mediante una puesta en escena perfecta y premeditada, haciéndose pasar idóneamente por mayores de edad en base a mentiras, creación de perfiles de usuarios falsos, apariencias físicas y producciones de imágenes, utilización de cédulas de otras personas o falsas”. Agregan, además, que los acusados fueron “inducidos en error”, y lo mismo les sucedió a “cientos de usuarios en esas redes sociales”.
Por otra parte, a la hora de presentar la acusación, desde la Fiscalía dieron algunos detalles por los que se investiga a las personas que irán a juicio oral. A modo de ejemplo, un hombre de 70 años, exjuez de menores, se contactó a través de Tinder con una adolescente de 15 años, a quien presuntamente sometía a prácticas sadomasoquistas. “Le apretaba el cuerpo al punto de asfixiarla y le daba fustazos en los genitales, así como en todo el cuerpo”, se lee en la documentación del caso.
Este hombre usaba látigos, vibradores, fustas y juguetes sexuales, advierte la fiscal. Con la víctima se vio durante tres años y por cada encuentro le pagó 2.500 pesos. Una vez la pasó a buscar por la puerta del liceo. Asimismo, guardaba fotos de la menor participando de sexo grupal.
Otro, un abogado de 59 años, practicaba sexo grupal con las menores. Se hacía llamar “tío” y creó un grupo de WhatsApp denominado “El tío y sus sobrinitas”. Usó plataformas de citas para contactarse con las menores de edad. En tanto, un empresario argentino mantuvo relaciones con una menor de 16 años en su casa en Ciudad Vieja a cambio de techo, dinero y comida.
La acusación de la Fiscalía apunta también contra un fotógrafo que se contactó con una víctima de 13 años por Instagram y WhatsApp. Mantuvieron relaciones frente a un tercero. El imputado subió a redes sociales una foto de la adolescente en posiciones sexuales y sin ropa. Le preguntó varias veces si tenía 18 años y ella dijo que sí cuando de su aspecto se desprendía que era notoriamente menor, agrega la fiscal.
La versión de la defensa de los imputados
En el capítulo en el que se presenta la “síntesis del caso”, basado en las pruebas incorporadas por declaraciones anticipadas, los abogados defensores de los imputados mencionan que la investigación hecha “muestra una realidad muy distinta a lo planteado por la Fiscalía”, que “pretendió mostrar” cuando solicitó las formalizaciones.
Asimismo, consideran que en el contenido que surge de los celulares de las víctimas, fundamentalmente las charlas entre ellas, se manifiestan “falsedades contrarias a sus dichos” ante el Ministerio Público y muestran —a entender de la defensa— un “grupo organizado de jóvenes, mayores y menores de edad”, que progresivamente iba “perfeccionando sus métodos para captar viejos con cuanta más plata mejor para ofrecerles sexo, haciéndose pasar por mayores de edad”.
“Algunas de estas jóvenes, a medida que iban ganando experiencia engañando ‘viejos’ y relacionándose, comenzaron a inspirar a otras para que hicieran la misma actividad, exaltando las ventajas de realizar esas prácticas y pocos ‘sacrificios’ tendrían que hacer. Como se vio en los chats de varias presuntas víctimas, una de las principales las instruía o daba consejos respecto a cómo registrarse en redes sociales o páginas para mayores de edad”, señala el texto.
Los abogados caracterizan a una de las víctimas como la “instructora” y la acusan de enseñar a las otras cómo tenían que decir o la forma de vestir para que los “viejos no sospecharan” que eran menores de edad. A continuación, citan un chat entre las mujeres que catalogan como “diálogos paradigmáticos” y que consagra “una especie de manual”. En este intercambio, una de las víctimas le pregunta a la otra “cuál era la página de sugar daddys” dado que “necesitaba plata”. La otra responde que en ese momento estaba por ir a una fiesta, pero que luego le explicaba “todo”. “No hagas nada sin que lo hablemos antes, así te ayudo o no te equivocas”, consigna el escrito.
Luego, más adelante en la conversación, la joven que había preguntado por el nombre de la página indica que está buscando a “un loco así, tipo exclusivo” y reitera, por segunda vez, que “necesita plata”. “Y si tengo que poner actitud, obvio”, escribe. Luego de mencionarle que tiene muchos nervios y miedo de que le pregunten la edad, la otra joven le responde que tiene que buscar la forma de “relajarse”, sin tomar drogas. Además, le dice que “todo se puede actuar” y que el hecho de que fuera su primera vez atraería mucho al hombre mayor de edad.
Tras estos chats, la defensa argumenta que el objetivo que perseguían las menores de edad era “obtener ventajas económicas y materiales” como “dinero o regalos, tratamientos estéticos, comprar ropa costosa, cenas en restaurantes costosos y exclusivos, pasar fines de semana en hoteles de alta gama, traslados en Uber o adquisición de alcohol y drogas”. Mencionan, además, que en ningún momento se dice que el dinero fuera destinado a “alimentar a su familia o cubrir las necesidades básicas insatisfechas”.
“Se trata de jóvenes con un buen nivel de instrucción, que han sido educadas y formadas en familias de clase media, con propiedades, educación en colegios privados, viajes a distintas partes del mundo, entre otras facilidades y actividades que requieren de contar con cierto nivel de bienestar económico”, consideran, y agregan que las jóvenes no lo hacían por “necesidad”, como se “sugirió por los medios de prensa”.
“La mentira y el engaño han sido una constante demostrada y confesada por tres declarantes por las que se ha formalizado a nuestro patrocinado (así como a todos los demás), quienes han tratado de justificar con distintas excusas, como la adicción a las drogas, el hecho de comportarse de esa manera y mentir para trata de convencer a los ‘viejos’ que tuvieran sexo con ellas y obtener dinero para mantener su vicio o, simplemente, engañarlos para que les recargaran sus celulares”, expresan los defensores.
Posteriormente, refieren a una de las presuntas víctimas que tuvo sexo con los imputados en el que “ofrecía” a chicas mayores y menores de edad para tener relaciones. Citan textualmente un chat de esta persona en el que se presenta como una mujer de 24 años y que “maneja” a varias chicas en Montevideo. “Si te interesa, te paso imágenes de otras, todas tienen la misma tarifa (…) Tengo a las mejores 4 chicas de Montevideo, todas VIP porque son bilingües, van al gimnasio, tengo 2 multiorgásmicas”, señala el escrito, que no revela a quién estaba haciendo ese ofrecimiento o si era la contestación a una solicitud de uno de los imputados. Los abogados señalan que el chat, que fue reconocido por la víctima en la declaración anticipada, debería haber motivado a la Fiscalía a investigar algunas de las figuras penales relacionadas a la explotación sexual de menores, “cosa que hasta el momento no sucedió”.
Finalmente, los profesionales remarcan que la Fiscalía y las defensas de las víctimas son una “constante oposición” a que se averigüe “la verdad” que surge del material, “tratando por todos los medios que no se conozca lo que realmente pasó”, cuando entienden que es “evidente” que debería ser de interés general para que se determine si “existió un delito”, si hay un “responsable” o si existieron “actos engañosos idóneos como para generar el error en los acusados”.
“Los chats, fotos, videos y demás elementos objetivos que se recabaron en la investigación demuestran que el engaño y la mentira existió a todo nivel y que fueron idóneas para convencer a los acusados de que se trataba de mayores de edad que ejercían la prostitución, por lo que entendemos que habrán de ser absueltos”, alegan.
“Los acusados que decidieron seguir defendiendo su inocencia en juicio no estuvieron dispuestos a aceptar acuerdos de juicio abreviado a pesar de las ventajas que se estaban ofreciendo, ni siquiera para terminar con el calvario que ha significado la campaña en redes y medios de determinadas organizaciones y medios que, de manera ilegal, difundieron sus nombres y ocupaciones a pesar de la reserva impuesta en la investigación a pedido de la Fiscalía y de las defensas de las presuntas víctimas”, concluyen.