El futbolista Nicolás Schiappacasse llegó a un acuerdo con Fiscalía de Maldonado, a cargo de la fiscal Ana Carolina Dean, tras un proceso abreviado y dejará de estar recluido en la cárcel de Florida para pasar a cumplir prisión domiciliaria.
La condena es a 14 meses de prisión que se cumplirán dos meses y 12 días de prisión efectiva, que se cumplieron con la medida cautelar de prisión preventiva hasta esl jueves. El resto de la pena es bajo el régimen de libertad a prueba. Schiappacasse tendrá que fijar domicilio y no modificarlo sin consentimiento del Tribunal.
Tendrá seis meses de arresto domiciliario total con autorización solo para entrenar en el club deportivo El Tanque Sisley y para jugar los partidos de ese equipo en la Tercera División. Deberá comunicar los horarios de entrenamiento y fecha y hora de los partidos. Una vez cumplido el arresto domiciliario deberá presentarse en la seccional policial una vez por semana y cumplir tareas comunitarias durante cuatro horas semanales. Tiene prohibido concurrir a espectáculos deportivos, salvo cuando vaya como jugador.
El juicio abreviado fue introducido por el Nuevo Código de Proceso Penal (CPP) y consiste en que un imputado puede recibir una condena reducida a cambio de admitir su responsabilidad en un delito.
En diálogo con Montevideo Portal, el abogado penalista Gumer Pérez sostuvo que el nuevo CPP permite “abreviar un proceso que llevaría una instancia de juicio oral, que por las características del caso lleva a reducir la pena del condenado o minimizar los efectos de esa pena”.
“Como innovación es buena poque permite lograr ciertos beneficios, pero creo es un instituto que ha sido y es abusado por parte de la Fiscalía. La Fiscalía logra obtener una sentencia de condena que no es tal como al afrontar el juicio oral”, aseguró.
“Se ha excedido el abuso del uso del proceso abreviado, se logra obtener una condena en plazo mínimo, no enfrentar el juicio oral que llevaría a Fiscalía a recargar su tarea, más allá de la tarea que tienen”, agregó. Pérez sostuvo que “el sistema implotaría” si tuvieran que enfrentar más juicios orales, por lo que “el proceso abreviado es un atajo que toma la Fiscalía para tener una sentencia de condena”.
“A la defensa también le sirve porque busca minimizar los efectos de una condena y el justiciable puede obtener la reducción de la condena”, acotó. El penalista expresó que “en los casos en los que sea necesario ir a juicio opto siempre por la vía del juicio oral, ante la chance de poder ganar el juicio”.
“Otra cosa que ha pasado es que muchas veces por evitar un mal mayor los justiciables terminan admitiendo hechos que no son reales para salir del problema y eso lleva a que se dicte una sentencia de condena. Puede haber personas que admiten hechos para obtener el beneficio del proceso abreviado”, añadió. El abogado penalista señaló que para evitar la prisión preventiva “en muchos casos se aceptan los cargos en su contra, reconocen los hechos y firma un acuerdo con Fiscalía”.
Pérez comentó que “más del 90% de los casos son cerrados mediante acuerdos abreviados y solamente en orden de un 5% van a juicio oral”. “Habría que estudiar la estadística de cuánto de ese 5% son juicios que gana o pierde la Fiscalía”, agregó.
“Estoy de acuerdo con el instituto del proceso abreviado, pero ha sido una práctica bastante cotidiana por parte de la Fiscalía porque es el atajo que tiene para obtener una condena y evitar una sobrecarga laboral con los pocos recursos humanos que cuenta”, concluyó.