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Judiciales

Por sí o por no

“Si reconocemos que fue una acción humanitaria, se cae el delito”, dijo abogado de Carrera

Juan Manuel González afirmó que el exsenador “desconocía las minuciosidades” del formulario de ingreso de la víctima al Hospital Policial.

30.09.2024 15:13

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2024-09-30T15:13:00-03:00
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Juan Manuel González, abogado defensor de Charles Carrera en la causa que investiga el uso irregular del Hospital Policial, repasó los detalles del caso y se refirió a los argumentos de la fiscal Silvia Porteiro para pedir el desafuero del exsenador, quien tras esta solicitud renunció a su banca.

En primer lugar, dijo que Carrera, al ser director general de Secretaría del Ministerio del Interior, no tenía “ninguna responsabilidad” en hacerse cargo de la situación. “Para analizar este caso hay que situarse en el contexto del momento: una persona había sido severamente dañada por una omisión de funcionarios”, afirmó en entrevista por el programa La Letra Chica (TV Ciudad).

Víctor Hernández fue herido en 2012 por una bala perdida que lo dejó parapléjico. No se ha podido demostrar que el disparo provino de una propiedad del Ministerio del Interior, ubicada frente a donde estaba la víctima.

Según González, había un “gran cúmulo de elementos” que daban a entender que el Ministerio del Interior terminaría siendo condenado civilmente porque los funcionarios policiales “no habían ido a la escena del hecho cuando escucharon los disparos, no habían prestado asistencia, no habían preservado la escena”, entre otros aspectos.

A su vez, el defensor detalló que la víctima “no tenía internación en el Hospital de Clínicas” y por eso el caso pasó a la órbita de Sanidad Policial. “En el Hospital Policial existen desde siempre las autorizaciones especiales. Son situaciones de no beneficiarios que por diferentes razones existe la posibilidad de que el director conceda una autorización”, remarcó.

“Esto no es una resolución irregular. Funcionarios de Sanidad Policial han manifestado en un sumario de la Comisión de Asuntos Internos y en la Comisión Investigadora del Parlamento que se impartían en el entorno de unas 200 autorizaciones especiales por año”, agregó.

Entre los motivos para pedir el desafuero de Carrera, la fiscal Porteiro mencionó la omisión en el formulario de “todos los requisitos mínimos que justificaron su ingreso”. Uno de esos requerimientos, según la magistrada, era la presentación de un plan de tratamiento.

“No hay evidencias de que en forma previa a toda autorización especial se requiere si o si un plan de tratamiento. En algunos casos estará y en otros no, habría que chequear las 200 autorizaciones especiales que se dan por año”, sostuvo el abogado.

“Se hizo la consulta a Sanidad Policial y dijeron que sí se podía dar ingreso a la persona a través de una autorización especial. Punto. Todas las minuciosidades de cómo se confecciona ese formulario, Carrera y todas las autoridades del Ministerio del Interior las desconocían”, soslayó.

Además, González cuestionó que a Carrera se lo investigue por abuso de funciones. “Este delito requiere la acción irregular, que haya sido un acto arbitrario y con un dolo de perjudicar a la administración o a los particulares. En este caso el acto no fue arbitrario. Del propio pedido de la fiscal, si reconocemos que fue una acción humanitaria, se cayó el delito”, concluyó.


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