Montevideo Portal
El caso de la niña de 11 años que falleció conmocionó Treinta y Tres por los malos tratos que recibía por parte de sus tíos. La fiscal Alicia Abreu llegó a un acuerdo con la defensa de los acusados y logró que la mujer (39) fuera condenada a tres años de penitenciaría, de los cuales dos se cumplirán tras las rejas y uno en régimen de arresto domiciliario total. Los delitos que se le adjudican son omisión a los deberes inherentes a la patria potestad, otro acto ilícito de violencia doméstica y uno de homicidio culposo.
El hombre (41), por su parte, se someterá a la pena de un año. El primer mes será en la cárcel y el resto en libertad vigilada por cometer un delito de violencia doméstica agravada.
Una vez que se conocieron las condenas, en redes sociales comenzaron a surgir cuestionamientos a Abreu, dado que algunos consideran que las penas adjudicadas a la pareja son muy bajas.
La magistrada, en diálogo con Montevideo Portal, explicó que para llegar al acuerdo se suele contemplar el delito que tenga la pena máxima, dentro de los mínimos establecidos. En este caso fue el de violencia doméstica, que, por ser agravado, tiene una condena mínima de ocho meses. “Yo tengo que tratar de transar con un mínimo de ocho meses de prisión”, dijo Abreu, y agregó que el hecho de que ambos integrantes de la pareja fueran primarios le permite a la defensa pedir la libertad a prueba.
“Yo elegí, porque entendí porque me parecía justo —aunque sí podemos decir que no fue tan justo a la visión de la gente y la mía particular también— que se cumpliera una condena con privación de libertad”, indicó la fiscal, quien propuso a los abogados defensores la pena de tres años para la mujer. Según el relato de Abreu, la única “contrapropuesta” que presentaron fue pedir un año de esos tres con prisión domiciliaria.
“Concurrir a un juzgado, a un juicio oral, a solicitarle al juez una pena con privación de libertad a mí no me hubiera asegurado que me la hubieran dado”, hizo hincapié Abreu, y explicó que la Justicia podría argumentar que no se “configuró el delito de homicidio culpable”.
Esto se da porque no hay ningún “indicativo ni evidencia” de que la mujer haya tenido la intención de matar a la niña. “Lo que hubo fue un sistema que se venía dando hace tiempo. Un descuido de la niña en alimentación, en vestimenta, en cuidados psicológicos. Esto es lo que debiera hacer una persona que está a cargo de un niño o adolescente”, explicó Abreu, y reparó: “Esto a mí no me dice que la mujer haya dicho ‘yo no la voy a llevar al médico porque quiero que se muera’. No hay absolutamente ningún elemento”.
Abreu sostuvo que “no conoce” muchos casos en que se haya dictado una sentencia con privación de libertad por los delitos que se adjudicaron. “Por eso para mí la pena es buena”, resumió.
La fiscal logró comprobar que la niña era maltratada, golpeada y castigada, además de ser explotada laboralmente. Se pudo comprobar que la obligaban a arrodillarse en maíz y le pegaban con una caña.
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