Contenido creado por Gerardo Carrasco
Judiciales

Lo irremediable

“Muerte que se podría haber evitado”: sindicato de Disco emitió comunicado tras sentencia

Los trabajadores de la cadena de supermercados reclaman medidas de seguridad para que el episodio no se repita.

13.10.2022 14:02

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2022-10-13T14:02:00-03:00
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Gonzalo Manuel González murió en un accidente laboral el 20 de julio de 2018 en un local de la empresa Supermercados Disco del Uruguay, sito en 8 de Octubre y Garibaldi.

La narración de la sentencia indica que ese día el jefe de González lo envió al local donde ocurrió el accidente porque se estaba lloviendo y habían recibido reclamos de la empresa. Era un día de lluvia y al llegar lo atendió el encargado de seguridad, que lo acompañó hasta el techo dentro del local. El seguridad le dejó las llaves de acceso a la azotea y le indicó dónde subir, sin entregarle protección personal para la ocasión. No se le indicó ningún procedimiento ni protocolo de seguridad, además de que tampoco había señalización ni advertencia del camino correcto al acceso.

A continuación, González cayó desde mitad del techo en el medio del local, fue atendido por una emergencia médica en el lugar, lo trasladaron agonizando y falleció pocos minutos después. La sentencia señala que el grupo Disco “nunca cerró sus puertas al público” y que la encargada del local ordenó, una vez retirado el cuerpo, limpiar la zona y “tirar pan rallado para secar el charco de sangre”.

En un comunicado, el sindicato de los trabajadores de Disco hicieron referencia al fallo judicial emitió esta semana, y que dispone  “una indemnización monetaria a la familia del trabajador, que recae en la empresa contratista Disco S.A. la tercerizada Sipra y arquitecto responsable de la empresa”.

Tal como informáramos, la jueza Salaberry determinó que los demandados deberán pagar una suma de 25.000 dólares a cada uno de los padres del joven fallecido por concepto de “daño moral ocasionado por la muerte de su hijo” en accidente de trabajo. Además, fueron condenados a pagar 10.000 dólares más a los padres por los daños morales causados por las conductas luego del accidente de trabajo.

Para los trabajadores, el dictamen “deja al desnudo que las medidas de seguridad que se debieron tomar jamás estuvieron para la realización de la tarea, algo que este sindicato reclama desde el pasado, hoy y hacia el futuro, para que todo trabajador trabaje de forma digna y segura para cualquiera que sea las tareas a realizar”.

Finalmente, tras un proceso de más de cuatro años “hoy hay un fallo de la Justicia, el cual debemos respetar con valoraciones individuales según corresponda”, reza la misiva del sindicato.

El texto califica lo sucedido con González como una “muerte que se pudo haber evitado, si hubiera existido el plan de trabajo, con personal especializado y capacitado para las tareas que se estaban realizando, conjuntamente con los Elementos de Protección Personal (EPP) y o mecánicos”.

Por ello, se considera pertinente “seguir luchando y reclamando para que toda medida de protección para garantizar la vida y salud de los trabajadores esté presente, para que ningún trabajador sufra este destino fatal”.