La Intendencia de Montevideo (IM) busca una alternativa legal para poder seguir percibiendo ingresos por la Tasa de Inflamables, que fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia (SCJ). Tras el anuncio, jerarcas y legisladores de la oposición criticaron la medida. Además, otro de los que se refirió al asunto fue el exsenador Pedro Bordaberry, quien considera que es “absolutamente inconstitucional”.

Para el exlegislador, la tasa de la IM “disfraza como impuesto a vehículos lo que es un impuesto a una actividad; para evadir el artículo 297 de la Constitución”. “Hay antecedentes”, argumentó en su cuenta de Twitter.

Es absolutamente inconstitucional; disfraza como impuesto a vehículos lo que es un impuesto a una actividad; para evadir el artículo 297 de la Constitución; hay antecedentes https://t.co/ZhHoc5Jex9

— Pedro Bordaberry (@PedroBordaberry) July 27, 2023

La propuesta del gobierno departamental implica la creación de un impuesto. La comuna remitió un proyecto de decreto a la Junta Departamental de Montevideo para promover una “reestructura” de la normativa y así cumplir con su constitucionalidad, afirmó en una rueda de prensa el director de Recursos Financieros de la IM, Mauricio Zunino.

El jerarca departamental se amparó en que, tras la “reestructura”, están “haciendo uso” de sus potestades constitucionales: “Estamos haciendo las reformulaciones cumpliendo el dictamen para poder tener una normativa que se adapte, cumpliendo la constitucionalidad de esta”.

El proyecto de decreto establece en su artículo 1º: “Crear un impuesto, al amparo del numeral 6º del artículo 297 de la Constitución de la República, que gravará a los vehículos de transporte terrestre que carguen o descarguen a granel, dentro de los límites del departamento de Montevideo, líquidos inflamables y gas licuado de petróleo para su comercialización”.

A los efectos de esta propuesta normativa, estarán comprendidos “los líquidos con un punto de inflamación no superior a 93 °C”.

Otras repercusiones

El ministro de Industria, Energía y Minería, Omar Paganini, también saltó al cruce con la intendenta de Montevideo, Carolina Cosse.

“Nuevo impuesto municipal al precio de los combustibles y el supergás. La decisión de la Intendencia de Montevideo de impulsar un nuevo impuesto para sustituir la tasa de inflamables declarada inconstitucional, cargará a la ciudadanía con un costo injustificable. Ahora la IM busca replantearla mediante un nuevo impuesto. Lo que desde enero y antes de ser derogado era un 0,4%, ahora subirá a 0,5%. ¿Revancha?”, cuestionó el jerarca desde su cuenta de Twitter.

En esta línea, el ministro señaló que la nueva propuesta incluye además al supergás, un energético “que el Gobierno subsidia en general, y con planes adicionales focalizados en las poblaciones más necesitadas”.

“Afán recaudador sin sensibilidad social. Increíblemente la IM da a entender que con la tasa se financia el programa Montevideo más verde, lo cual es imposible de verificar. Los ingresos entraban a Rentas Generales, el programa ‘Más verde’ es mucho más reciente que tasa derogada. No existe relación. Asimismo, como las plantas de La Teja y La Tablada están en Montevideo, y el nuevo impuesto se carga a todo el combustible que se mueve desde y hacia ellas, recauda para Montevideo sobre movimientos que —en una importante proporción— se destinan al interior del país”, apuntó Paganini.

Y añadió: “Es muy inconveniente la propuesta de la de reinstalar una carga impositiva que ya fue declarada inconstitucional, y que afectará directamente al bolsillo de las familias y del sector productivo de todo el país. El gobierno nacional ha evitado recaudar a través de los combustibles, incluso en largos períodos con precios por debajo de la Paridad de Importación. No fue así en períodos pasados. Ahora vemos que también la administración municipal busca recaudar a través de las tarifas. Apelamos a que la intendenta [Carolina] Cosse desista de esta decisión infortunada, en lo que parece una mera revancha por un juicio perdido, pero que implica una mala noticia para todos”.

Por otro lado, el edil nacionalista Javier Barrios Bove adelantó a Montevideo Portal que darán “un debate jurídico” sobre si la IM tiene la potestad para crear cualquier tipo de impuesto.

Barrios Bove señaló que la “IM no puede poner cualquier tipo de impuesto”, por lo que la bancada nacionalista realizará un análisis jurídico del asunto. “Hay toda una discusión sobre este tema. Va a haber una gran discusión jurídica. Fue lo mismo que le pasó con la Tasa de Saneamiento. La Intendencia puede poner tasas”, afirmó.

El edil se amparó en que este tipo de tributos no implican una contraprestación. “La Intendencia no puede poner cualquier tipo de impuesto. Si no Uruguay sería un caos tributario”, remarcó.

Barrios Bove también apuntó que el artículo 297 de la Constitución establece las fuentes de recursos de los gobiernos departamentales, entre los que menciona diversos impuestos, como los que recaen sobre la propiedad de un inmueble, a los baldíos, así como a espectáculos públicos, o a juego de azar. Pero, afirmó el edil, el impuesto que se propone no ingresa dentro de ninguna de estas categorías.

¿Por qué la SCJ declaró la primera medida como inconstitucional?

En junio, la SCJ declaró que la tasa que paga Ancap a la comuna por la circulación de los combustibles es inconstitucional. Los representantes legales de Ancap señalaron en su alegato que “el tributo creado por la norma cuestionada es un impuesto y no una tasa”, ya que “no se verifican, en el caso, respecto del tributo creado, las notas características o esenciales de las tasas”.

Ancap pagaba aproximadamente US$ 12 millones al año a la IM.

Zunino dijo ante los medios que “la reestructura implica que las distribuidoras son las que van a hacerse cargo del mismo [del tributo], son los sujetos pasivos, y a partir de eso es que va a seguir teniendo el mismo monto que se percibía”.

El pago del impuesto se realizará en forma mensual.

La alícuota será del 0,5% del valor de los bienes transportados, lo que será calculado basándose en la cantidad de litros por el precio de venta unitario, indicó el proyecto de decreto.

Los vehículos que carguen o descarguen queroseno y alcohol azul serán exonerados.

El director de Recursos Financieros dijo que los ingresos percibidos por este concepto van a “permitir llevar adelante parte de los programas vinculados a Montevideo más verde”. “Tener camiones circulando con cargas inflamables hace necesario que tengamos que reestructurar este mecanismo de acuerdo a lo que dictaminó la Suprema Corte, para poder seguir llevando este tipo de política”, agregó.