A finales de enero de este año, el Poder Ejecutivo publicó un nuevo decreto con modificaciones sobre el etiquetado frontal de alimentos, que advierten sobre excesos poco saludables en algunos ingredientes.
En el decreto se entiende "pertinente ajustar los criterios para definir exceso de sodio, azúcares, grasas y grasas saturadas, según la nueva base para el cálculo en gramos de nutriente cada 100 gramos de producto".
Lo que hace este decreto es aumentar los límites de sodio, azúcares, grasas y grasas saturadas respecto a los fijados en el decreto firmado en setiembre de 2020; por lo tanto, algunos productos se verán eximidos de colocar las etiquetas de advertencia en los paquetes.
Sin embargo, el ministro de Industria, Omar Paganini, aseguró ayer que lo que hizo el Gobierno actual fue fijar los mismos valores de grasas, sodio y azúcar que estableció el Gobierno de Tabaré Vázquez en 2018.
"Los cambios técnicos que se quisieron hacer (en el decreto de setiembre), que básicamente tienen que ver con la base de cálculo, nos llevaron a tomar como modelo la base final de algunos países, como Chile, y la base final es un poco prematuro ponerla a regir; por eso decidimos volver a una fase anterior", dijo a Telemundo 12, en relación a los cambios recientemente implementados.
El ministro dijo que los valores son "un punto de partida y se irán volviendo más exigentes con los años". Comentó que la medida "perdía relevancia si de pronto todos los productos tenían etiquetas que advertían por exceso de azúcar, sodio y grasas".
"Estos regímenes funcionan en procesos: primero se determinan algunos niveles, los hábitos se pueden ir acostumbrando y uno luego puede dar un paso más. Si uno da el paso demasiado rápido lo que logra son muchísimas etiquetas negras y pierde relevancia. Y por otro lado el estímulo para reformular también lo pierde", apuntó.
Un largo proceso
¿Volvió el Gobierno a establecer los límites fijados por la administración anterior? La realidad es un poco más compleja, tal cual explica el ingeniero alimentario Gastón Ares, investigador de Facultad de Química y responsable del núcleo interdisciplinario "Alimentación y Bienestar" de la UdelaR.
Ares dijo a Montevideo Portal que estrictamente no son los mismos valores debido a los cambios en la forma de cálculo. Antes se definía si un producto tenía mucha cantidad de un nutriente considerando la proporción de las calorías del alimento que provienen de ese nutriente. Por ejemplo, si uno quería saber si un producto tenía exceso azúcar, lo que debía hacer es fijarse qué proporción de las calorías que da el alimento al consumirlo venía del azúcar. Lo mismo para las grasas o las grasas saturadas. A partir del decreto de setiembre de 2020 se cambia la forma de cálculo: directamente se mira cuántos gramos del nutriente en cuestión hay en cien gramos del alimento.
La conversión, por lo tanto, no es directa y depende del tipo de alimento que se considere. Sin embargo, sí es cierto que los límites entre el nuevo decreto y el del 2018 son parecidos en la mayoría de los productos, excepto en los lácteos sólidos. En el caso del azúcar en postres y yogures el equivalente no es tal, porque se pasa de los 7 gramos en el decreto de 2018 a los 13 gramos en el último. En otras categorías, sin embargo, puede ocurrir al revés: productos que no hubieran llevado etiquetas según el decreto de 2018 ahora sí lo tendrán.
Para Ares, las dos estrategias se han usado y ambas son válidas si los límites son buenos. Para expresarlo claramente, no es tan importante la forma en que se mide sino los valores usados.
Para adelante y para atrás
Recapitulando: el decreto de 2018 firmado por el Gobierno de Tabaré Vázquez entraba en vigencia el primero de marzo de 2020, a fin de dar tiempo a la industria a adecuarse a los cambios. Diez días después de cumplido ese plazo, el Gobierno actual otorgó una prórroga a la entrada en vigencia con la idea de revisar el decreto. En setiembre de 2020 surgió finalmente el nuevo, con los límites iguales a los que utiliza Chile en la última etapa de su ley (país que lo hizo en forma progresiva) y que tenía entrada en vigencia para el 1 de febrero de 2021. A finales de enero de 2021, tres días antes de comenzar a regir, surge otro decreto que "en los hechos es otra prórroga", según Ares.
"Lo que genera preocupación es que si la idea era mantener más o menos los mismos valores que para 2018, ¿por qué tuvimos todo este tiempo de prórroga? Si das una prórroga tres días antes de la entrada en vigencia del anterior decreto, la señal que das es que no vas a fiscalizar, porque se necesitan seis meses para cambiar los envases nuevamente", comentó el ingeniero.
"Si vos tenés en marzo de 2020 una prórroga de un decreto anterior, en setiembre un decreto nuevo que entra en vigencia en febrero de 2021 y tres días ante un decreto nuevo, lo que en realidad tenés son prórrogas sucesivas que lo que hacen es demorar la plena vigencia de la normativa. Seguís dando una y otra vez tiempos adicionales y esa entrada en vigencia, que es cuando todos tienen el rotulado y vos fiscalizás, se demora más", agregó.
En sus declaraciones, Paganini opinó que es mejor realizar estas medidas gradualmente para evitar que, por ejemplo, un consumidor vea que todos los paquetes de galletas tienen etiquetado y por lo tanto consuma cualquiera de ellas (a eso aludió con lo de que la medida "pierde relevancia").
Ares apuntó que la gradualidad es razonable pero expresó un reparo que tiene que ver con los plazos. "Eso se buscó en 2018, por eso se introdujo una variante flexibilizada, para justamente permitir a la industria esta transición hacia productos con menor cantidad de azúcar, grasas y sal. Pero uno piensa en determinados plazos. Chile, por ejemplo, introdujo todos los años un cambio a los límites. En Uruguay ya vamos 29 meses sin obligatoriedad, de cierta forma. Tenemos un proceso sumamente demorado donde vamos a pasar tres años antes de tener la primera etapa. Ahí es donde la gradualidad pierde fuerza porque el proceso se demora una y otra vez", dijo Ares.
Básicamente, lo que dice Ares es que la gradualidad tiene su lógica pero aplicada en los plazos correspondientes. "Fue este Gobierno el que definió esos límites en setiembre y unos meses después vuelve a límites similares a 2018, pero lo que no queda justificada es la demora exagerada y las prórrogas sucesivas. Es decir, sigo cambiando, ¿pero cuando voy a fiscalizar? Eso es lo que no se está teniendo en cuenta en las declaraciones", opinó.
Ares apuntó que, de todos modos, si se aplican los límites más exigentes del anterior decreto tampoco quedarían todos los productos con etiquetas. "Iba a ser un porcentaje mayor, pero igual quedaban opciones sin etiquetas en muchas categorías, que es lo que hoy pasa en Chile", afirmó.