Contenido creado por Agustín Borges
Judiciales

Explicaciones

¿Cuáles fueron los motivos de Fiscalía para archivar la investigación contra Cardoso?

Si bien el fiscal Rodríguez constató irregularidades en su administración, consideró que “no constituyen delito pasible de reproche penal”.

05.12.2022 18:12

Lectura: 5'

2022-12-05T18:12:00-03:00
Compartir en

Montevideo Portal

Este lunes el fiscal de Delitos Económicos y Complejos de Tercer Turno, Gilberto Rodríguez, a cargo de la investigación que pretendía determinar si el exministro de Turismo Germán Cardoso había incurrido en algún delito cuando estaba a cargo de la cartera, archivó la causa, bajo el argumento de que si bien pudieron existir irregularidades, “no constituyen delito pasible de reproche penal”.

El director de Comunicación de Fiscalía, Javier Benech, informó que se trata de un archivo “sin perjuicio”, lo que implica que ante eventuales nuevos elementos puede abrirse nuevamente la investigación.

La denuncia presentada por los diputados del Frente Amplio el 16 de setiembre de 2021 señalaba “presuntas irregularidades que podrían configurar la comisión de un delito de abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley, en el marco de lo establecido en el art. 162 del Código Penal”.

A su vez, la oposición había planteado la existencia de una “flagrante violación al artículo 33, literal D, numeral 10 del Tocaf [Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera] y del artículo 211, literal B de la Constitución de la República, en la que se incurrió en diversas contrataciones por parte del Ministerio de Turismo cuando Cardoso estuvo a cargo de la cartera referida”.

Por otro lado, los legisladores frentistas advertían de un “exponencial aumento del gasto en publicidad”. “Resulta de una gravedad inusitada que el denunciado haya pretendido ejecutar un gasto por la millonaria suma de 800.000 dólares sin informe alguno que lo justificara, como si se tratase de un mero gasto de gestión administrativa diaria del ministerio”, aseguraron.

Irregularidades constatadas

La investigación del fiscal identificó tres irregularidades que se registraron en la administración de Cardoso en Turismo.

La primera irregularidad se detectó en la aprobación de la propuesta comercial de Netcom, por la contratación en régimen de arrendamiento de carteles, landmarks, paletas y pantallas, por la suma de $ 9.466.460, y una producción por la suma de $ 3.143.973.

Además figuran una propuesta comercial de JCDecaux Uruguay por relojes y pantallas digitales por la suma de $ 3.867.000, y la contratación de publicidad en distintas emisoras radiales y canales televisivos del país.

En todos los casos, Fiscalía detectó falta de certificaciones del Ministerio de Economía y Finanzas y “consecuentes reiteraciones del gasto, fundamentalmente por principio de ejecución de los servicios contratados”.

De igual manera, el dictamen el Ministerio Público aclaró que “respecto a lo establecido en el art. 211 literal b) de la Constitución de la República, debe señalarse que las reiteraciones de gasto son una facultad regulada por la Carta, que otorga facultades de insistencia a los Jerarcas dentro del marco legalidad”.

Kirma

En segundo lugar, Fiscalía identificó la contratación de la empresa publicitaria Kirma Service OU. Cardoso autorizó la contratación de esta pauta publicitaria el 29 de diciembre de 2020. 

“El Tribunal de Cuentas por resolución Nº 343/2021 de 19 de febrero de 2021, da por justificada la causal invocada y comete al Cr. destacado ante el Ministerio de Turismo, la intervención del gasto a favor de las empresas DIGITAL MEDIA TECHNOLOGY, KIRMA SERVICES OU Y CISNEROS PANAMA SA en un monto total de U$S 700.000 impuestos incluidos, previo control de su imputación, de la verificación de la inscripción de las firmas adjudicatarias en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE), y en tanto no haya principio de ejecución”, informó el fiscal.

En este sentido, “la auditoría delegada del Tribunal de Cuentas observa el gasto por principio de ejecución, por no ajustarse a lo dispuesto por el art. 211 Literal B) de la Constitución de la República, no verificándose lo indicado en la Resolución 343/2021 del Tribunal de Cuentas (Falta Inscripción de RUPE)”. 

Pese a esta situación, Cardoso, mediante una resolución ministerial (Nº 74/2021), insistió en la “reiteración del gasto”, según detalla la investigación de Fiscalía. 

El pago a Kirma nunca se efectuó y finalmente la empresa, que tenía como sede un cowork en Estonia, desistió de la oferta mediante un mail que llegó al ministerio.

Netcom

Por último, en la enumeración de irregularidades mencionadas en el dictamen aparece nuevamente la empresa Netcom, pero esta vez por la renovación de la propuesta comercial, que también fue aprobada con fallas. En el estudio de la renovación de los servicios aparecieron facturas emitidas por la empresa de fechas 6 y 7 de mayo, 1º de junio, 1º de julio, 2 de agosto, 3 de agosto y 8 de setiembre, todas de 2021, que no fueron conformadas, lo que quiere decir que los pagos no fueron emitidos.

“Reclamado el pago de las mismas, con fecha 19 de noviembre de 2021, la División Servicios Jurídicos y Notariales del Ministerio de Turismo informa que no hubo autorización de contratación por parte del ordenador de gasto, esto es, del Ministerio de Turismo”, detalló Fiscalía. “Tampoco constancias de ejecución de los servicios, por lo que califican de irregular el trámite desarrollado, no pudiendo efectuarse los pagos pretendidos”.

En este sentido, informó que “en base a declaraciones, y a raíz de las irregularidades constatadas en estas actuaciones, esta Fiscalía generó la novedad Nº 2022233602, cuya indagatoria se encuentra en trámite”.

Sin elementos de incriminación

Rodríguez concluyó que “no existen elementos de incriminación (testimoniales, registros documentales, audios, filmaciones, etc.) suficientes contra el denunciado Cardoso como para promover en su contra acciones judiciales con razonable probabilidad de obtener una certeza de culpabilidad”.

“Los hechos denunciados (pese a que pudieren constituir, en algunos casos de los historiados, irregularidades de naturaleza administrativa) no constituyen delito pasible de reproche penal”, agregó.

Además, el fiscal determinó “la apertura de las carpetas por la investigación contra su entonces adscrito [de Cardoso], Daniel Reta, y por la gestión realizada a su respecto, ni a las actuaciones vinculadas con la firma Kirma en las que aparece relacionado el Sr. Elbio Rodríguez”.

Montevideo Portal