La Justicia, a través del juez de Trabajo de 5° turno, Luis Fourment, condenó a Canal 10 por acoso sexual a la periodista Ana Inés Martínez. La comunicadora denunció al exgerente de la empresa, Alejandro Cattaneo, por acoso a través de mensajes de redes sociales.
De acuerdo con la versión de Martínez, luego de que ella se negara a “acceder” a mantener relaciones con Cattaneo, desde la empresa decidieron despedirla. Esto último no fue comprobado y no forma parte de la condena, por la que el canal deberá pagar US$ 15.724.
En la sentencia, a la que accedió Montevideo Portal, se indica que Martínez recibió el 24 de febrero de 2023 “proposiciones sexuales del gerente general cuyo rechazo marcó un antes y después en la relación laboral”.
Si bien la parte demandante, representada por el abogado Juan Ceretta, aseguró que se trató de un “chantaje sexual”, el juez argumentó que el delito en que se incurrió fue acoso sexual y se puede inferir de lo declarado por Martínez durante el proceso judicial: “La catarata de manejes subidos de tono, que culminan con propuestas sexuales concretas, que me shockearon al punto de no responder al principio y luego definitivamente eludir como pude el acoso del que era objeto”.
En la misma declaración, la periodista agregó que los mensajes y las capturas aportadas a la Justicia “no dejan duda alguna del acoso sexual” del que fue víctima por parte de Cattaneo.
La Justicia argumentó que, según los elementos aportados por la parte demandante, Martínez recibió “contenido sexual explícito”. “La intimidación se agravó por la insistencia del ofensor, quien no solo le envió mensajes vía WhatsApp sino que continuó en Instagram con proposiciones del mismo tenor”, indica el texto.
El juez Fourment también insistió en que, por la posición de poder que tenía el exgerente, Martínez quedó en una situación “de total vulnerabilidad”. “Es completamente comprensible que ante la intimidación que le provocaron las proposiciones, por su entidad y quien las profería, Martínez haya optado por no denunciar la situación durante la vigencia de la relación laboral”, agregó.
La responsabilidad de la empresa
Fourment argumentó que corresponde condenar a la empresa por el delito de acoso sexual, dado que Canal 10 se enteró del hecho a través de los medios el 15 de febrero pasado, cuando se realizó la audiencia de conciliación el 21 de marzo o cuando le llegó la notificación de la demanda.
“La empresa tuvo, entonces, la posibilidad de realizar al menos una mínima investigación o averiguación de los hechos, consultando directamente a quién se le atribuyeron los mismos o a la productora de Punto penal, quien habría tomado conocimiento por el reenvío de mensajes por parte de Martínez”, indica el texto judicial.
Acoso laboral y despido abusivo
Martínez también denunció al gerente del noticiero del canal, Nelson Fernández, por presunto acoso laboral y despido abusivo. Esto último no fue comprobado por Fourment y desestimó las acusaciones generadas por la periodista.
“Los testigos en su generalidad declararon que la actora fue despedida en el marco de una reestructura de la empresa por la que se vio obligada a reducir la plantilla de funcionarios, ya sea mediante despidos o incentivos de jubilación”, indica el fallo judicial.
Con respecto al acoso laboral, que Martínez argumentó que se dio luego de que ella se negara a cumplir favores sexuales, el juez indicó que “no ha quedado probada la existencia de la vinculación alguna entre el acoso sexual y el despido de la actora”. La periodista, a través de Ceretta, presentará un recurso de apelación para que esta acusación vuelva a ser valorada por la Justicia.