La Cámara de Senadores aprobó este martes el proyecto de ley sobre el cobro de propinas a través de medios electrónicos. La norma establece que “todo trabajador que habitualmente perciba propina […] tiene derecho a que la misma sea pasible de abonarse a través de tarjetas de crédito o débito o transferencias”.
Este proyecto fue presentado por el diputado del Partido Colorado Sebastián Sanguinetti y aprobado por unanimidad en el Senado, el texto señala que los comercios que acepten pagos electrónicos estarán obligados a contar con esa misma tecnología para aceptar propinas.
A su vez, el escrito indica que “en ninguna circunstancia el empleador podrá disponer de los montos ni de la distribución de estos, siendo esta una facultad exclusiva de los trabajadores”. Además, las empresas emisoras de las tarjetas no podrán aplicar tasas sobre el dinero destinado a los trabajadores.
Este miércoles, los conductores de En perspectiva Emiliano Cotelo y Romina Andrioli conversaron con el diputado del Partido Colorado Sebastián Sanguinetti, impulsor de la iniciativa.
En primer término, el legislador aseguró que la norma no obliga a nadie a bancarizarse.
“Lo que plantea es que los trabajadores tengan el derecho y la garantía de recibir la propina por el mismo medio que la empresa recibió el consumo, sea pago en efectivo, por aplicación o con tarjeta de débito”, dijo el diputado.
En esta línea, Sanguinetti aclaró que la propina sigue y seguirá siendo un acto voluntario, no obligatorio.
Según señaló el colorado, lo que lo impulsó a llevar adelante es la situación de algunos trabajadores, en particular los que brindan servicios, “se veían perjudicados porque sus ingresos se deterioraron gradualmente a partir de que la conducta consumo de los uruguayos [pagar con débito] fue en aumento”.
“Más que nada la de aquellos que no podían recibir la propina por medios electrónicos”, afirmó Sanguinetti.
En esta línea, el proyecto de ley establece que el monto de la propina que reciba el trabajador llegue en su totalidad, ya que el ingreso percibido no “podrá ser objeto de descuentos o deducciones de cualquier naturaleza” por parte del empleador.
Las propinas de los trabajadores que brindan servicios están gravadas previsionalmente por una base ficta de tres Bases Fictas Contributivas (valor actual $ 1.501,26).
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