Santi Mina, futbolista del Celta de Vigo, fue condenado a cuatro años de prisión por un delito de abuso sexual a una mujer, ocurrido el 18 de junio de 2017 en Mojácar (Almería). Como la pena excede los dos años, deberá cumplir prisión efectiva.
El tribunal presidido por la magistrada Társila Martínez
absuelve a Mina del delito de agresión sexual por el que el fiscal pedía ocho
años de prisión y la acusación particular nueve años y medio de cárcel,
condenándolo por un delito de abuso sexual por el que también le impone una
orden de alejamiento de 500 metros respecto de la víctima durante 12 años y el
pago de una indemnización de 50.000 euros.
Por su parte, su amigo y también futbolista David Goldar resultó
absuelto del delito de agresión sexual que le imputaba únicamente la acusación
particular, ya que la Fiscalía no actuó contra él en la causa por la que
también se enfrentaba a nueve años y medio de prisión.
El episodio; consentimiento y apelación
Los hechos, según el escrito de la Fiscalía, ocurrieron en la
madrugada del 18 de junio de 2017, cuando Santi Mina aprovechó que su amigo
David Goldar se había ido con una mujer a la caravana que tenía estacionada en
las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería) para entrar al vehículo
y abusar sexualmente de ella.
La defensa de Santi Mina anunció que recurrirá la sentencia
al considerar que no se encuentra “ajustada a derecho”.
“Considerando la misma no ajustada a derecho y con
importantes errores en la valoración de las pruebas practicadas y por tanto de
los hechos acaecidos, (la representación letrada de Mina) procederá a
interponer el correspondiente recurso de apelación en los próximos días”, manifestaron
en un comunicado remitido a EFE.
La abogada del futbolista, Fátima Magdalena Rodríguez,
sostuvo durante la última sesión de la vista que el jugador del Celta contó con
el consentimiento “en todo momento” de la mujer que lo denunció por una presunta
agresión sexual y que, “en el peor de los casos”, hubo un “error” por su parte
en este consentimiento.
“Si no hubo consentimiento, como afirma la denunciante, desde
luego, sin lugar a dudas, no supo transmitírselo. Luego, hubo un error con
respecto al consentimiento (…) Incurrió en un error de tipo y esto destruye el
dolo y la tipicidad subjetiva. Si se destruye el dolo y la tipicidad subjetiva,
se debe llevar a la absolución”, manifestó.
Celta de Vigo apartó al futbolista
El Celta, por su parte, decidió “de manera cautelar” apartar
“provisionalmente” al delantero Santi Mina de los entrenamientos del primer
equipo.
La entidad que preside Carlos Mouriño respeta “el derecho” de
defensa del jugador, pero señala en su comunicado que se ve en la obligación de
tomar medidas frente a aquellos hechos que “menoscaban de forma notoria la
imagen del club y atentan directamente contra sus valores”, mostrando una vez
más su “más absoluto rechazo” hacia el delito tipificado en la resolución
judicial.
Por ello, el Celta decidió la apertura de un “expediente
disciplinario” al jugador para “dilucidar sus responsabilidades laborales” a la
vista de esta resolución.
El Chacho Coudet se queda, por tanto, sin una de sus piezas
fundamentales en el ataque esta temporada. Santi Mina participó en 33 de los 34
encuentros de Liga -30 de ellos como titular-, es el segundo máximo goleador
del equipo con siete goles -tras Iago Aspas (15)- y el cuarto que más
asistencias ha dado (3).
EFE / FútbolUy
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