Este viernes se realizó la audiencia preliminar en el Juzgado Civil de 13º turno de la demanda presentada por la Asociación Uruguaya de Árbitros de Fútbol (AUDAF) donde reclaman una cifra en el entorno a los 16 millones de dólares por “derecho a compensación por la explotación de su imagen” contra la Asociación Uruguaya de Fútbol y Tenfield.
Un hecho que sorprendió y no pasó desapercibido, fue que la AUF no se presentó a la convocatoria, algo que si hizo la empresa dueña de los derechos de televisación con cuatro abogados.
En la audiencia preliminar se fija el objeto del proceso y la defensa que cada uno interpone. Al no comparecer la AUF todas las pruebas que diligenció fueron desechadas y en principio el juez “ tiene que dar por cierto los hechos que alega el demandante”.
Según el artículo 340 del Código general del proceso: “Las partes deberán comparecer a la audiencia en forma personal, salvo motivo fundado, a juicio del tribunal, que justificare la comparecencia por representante. Las personas jurídicas y los incapaces comparecerán por intermedio de sus representantes”
Y luego establece: “Si el inasistente fuere el demandado, el tribunal cumplirá, sin posibilidad de prórroga fundada en la inasistencia, la actividad prevista en los numerales 1) y 6) del artículo 341 y en el artículo 343, en lo pertinente, la de saneamiento que deba realizar de oficio y tendrá por ciertos los hechos afirmados por el actor en todo lo que no se haya probado lo contrario, salvo que el proceso refiriese a alguna de las cuestiones mencionadas en el inciso segundo del artículo 134, en cuyo caso se estará a lo que allí se dispone”.
Esto hace que la Asociación se quede sin posibilidad de aportar nuevos elementos y los que ya había diligenciado no sean tenidos en cuenta por el juez del caso.
Un paso importante para los árbitros representados por los doctores Fernando de los Santos y Alejandro Sobrera en un caso que tuvo su inicio en el año 2019 y ahora entrará en la fase de pruebas rumbo al veredicto final.
Otro hecho a tener en cuenta es que existe un fallo previo de la justicia que en caso de un dictamen que responsabilice a Tenfield por el incumplimiento, este puede reclamarle a la AUF, pero no viceversa. Esto sentencia actualmente está en proceso de apelación.