En un comunicado de prensa del 23 de noviembre de 2017, la Cámara de Empresas de Investigación Social y de Mercado del Uruguay difundió un protocolo de publicación de fichas técnicas que todos sus socios se comprometen a cumplir.
Se trata de un hecho que tiene una gran relevancia en sí mismo y en el camino a la aprobación de una Ley de Encuestas Electorales que de transparencia y garantías a la publicación de encuestas en el proceso electoral.
El hecho de que las propias empresas se impongan una ficha técnica tan sólida y completa implica en primer lugar un acto de responsabilidad, mostrando que entienden la importancia que la difusión de encuestas implica en la vida social y democrática de nuestra sociedad.
Y también muestra que no son ajenas a las críticas y cuestionamientos. Que como dijimos en Eppur si muove, escuchan con atención y responden tanto participando activamente en la discusión como con hechos concretos. Sería aún más productivo si la discusión fuera explícita.
Camino a la Ley de Encuestas Electorales
El protocolo está completamente alineado con el anteproyecto de ley que se está negociando en el parlamento y que a esta altura es razonable pensar que las encuestadoras tienen a su alcance.
Pero un protocolo no es suficiente, es necesario transformarlo en ley por dos motivos fundamentales. El primero es que al aceptar este protocolo tanto las encuestadoras como la sociedad toda queda expuesta a la irresponsabilidad de quienes no la aceptan. Es más, la desventaja para las empresas serias es notoria, porque en Uruguay inventar una encuesta en una planilla Excel y difundirla no tiene ninguna penalización. Y en el ambiente se manejan nombres y acusaciones cruzadas de quienes usan esta “técnica”.
Transformarlo en ley obligaría a cualquier organización, sea esta empresarial o no, a transparentar seriamente la metodología de su encuesta. No solo estaría penalizado no hacerlo, sino que mentir en ese proceso implicaría violar una declaración jurada, un delito por el que se puede terminar en la cárcel.
Sumado a ello, si bien las encuestadoras pueden imponerse condiciones a sí mismas, no lo pueden hacer a los medios de comunicación. Tal vez podrían acordar con los que difunden en primera instancia las encuestas, pero no pueden hacerlo con los que las toman de allí y vuelven a difundirlas. Y en el terreno de la difusión los casos de irresponsabilidad son realmente muy serios.
El segundo motivo es que según los datos analizados una y otra vez, el problema del sesgo viene del proceso de ponderación, y para evitarlo o al menos minimizarlo es necesario que se publiquen los datos crudos. Esto traería como resultado que se hagan públicas las limitaciones e incertidumbres de las encuestas, generando resultados más dispersos y con más oscilaciones.
Es interesante citar en este punto como antecedente la ley francesa (www.commission-des-sondages.fr) sobre encuestas electorales, que obliga a las empresas a publicar sus datos crudos de forma pública. Ni hubo un pogrom anti transparencia, ni las encuestadoras se retiraron del mercado: por el contrario, el último ciclo electoral tuvo una cantidad muy grande de pronósticos de distintas empresas, sin que nadie se quejara por tener que publicar sus datos crudos según manda la ley.
Pero no es posible implementar la publicación de datos crudos solo como un protocolo o un acuerdo de una cámara de encuestadoras, porque el aprovechamiento desleal de dicha auto-imposición sería inaceptable. Es precisamente por eso que necesitamos una Ley de Encuestas Electorales.