Además, buscaba acuerdos para aprobar una iniciativa legislativa que derogara la ley de caducidad y evitara la prescripción de los delitos ocurridos durante la dictadura que, según surge de la normativa vigente, se cumple el próximo 1º de noviembre.

Se nos anunciaba la existencia de una voluntad de diálogo y de la necesidad de alcanzar los acuerdos más amplios posibles. En tal sentido, entre el lunes y miércoles de la semana pasada se realizaron los contactos con los tres partidos que no estamos en el gobierno.
Sin embargo, en forma repentina, el Frente Amplio presenta ante el Senado de la República una iniciativa legislativa redactada y pronta para su votación en el Parlamento. La Declaración de la Asamblea General pasa a un segundo plano y será postergada para mejor oportunidad; ya no habrá nuevas consultas multipartidarias.

El escenario es el mismo que en mayo, el Frente Amplio a duras penas logra un acuerdo interno para impulsar una norma que, nuevamente, habrá violado la Constitución y los principios generales del Derecho; en nombre, paradójicamente, de la defensa de los Derechos Humanos.
Sabemos porque nos consta, que existen numerosas opiniones dentro del partido de gobierno que saben y reconocen que lo que se va a hacer es un "mamarracho jurídico", sin embargo igual que unos meses atrás, muchos callan y "dejan pasar" creyendo que de ese modo evitan pagar un "costo político" interno. La pregunta, a esta altura, es si habrá un nuevo Semproni dispuesto a evitar el disparate.

Porque lo que el Frente Amplio someterá a votación en el Parlamento es nuevamente un disparate jurídico que se lleva por delante principios muy básicos del ordenamiento jurídico nacional.
La propuesta consiste en calificar, por vía legislativa, que los delitos cometidos durante la dictadura son "de lesa humanidad" y, por lo tanto, imprescriptibles. Esta calificación implica invadir groseramente la esfera de competencia del Poder Judicial, puesto que la tipificación delictiva de los hechos ocurridos, es una competencia exclusiva y excluyente del Poder Judicial.

El Poder Legislativo puede definir por ley los tipos delictivos, estableciendo sus características generales, pero en ningún caso puede aplicar la norma, dictaminando que tales o cuales hechos son o corresponden a un determinado tipo delictivo. Esa es la función de aplicación del derecho y es competencia específica del Poder Judicial.

Pero, además, en este caso, el avasallamiento al Poder Judicial es aun más grosero porque la Suprema Corte de Justicia acaba de emitir una sentencia, por cuatro votos contra uno, dictaminando expresamente que algunos de estos delitos, ocurridos durante la dictadura, eran homicidios especialmente agravados, figura delictiva que no forma parte de los delitos de lesa humanidad.

La propuesta legislativa del Frente Amplio, en caso de aprobarse, generará un conflicto evidente entre los poderes del Estado.
Pero, además, esta calificación presupone nuevamente violar el principio de la no retroactividad de las leyes, en la medida que se pretende que la referida calificación jurídica sea efectiva para conductas producidas en el pasado.

Es más, en el Derecho Penal justamente se admite una excepción al principio de no retroactividad, pero esta tiene el contenido inverso al que se busca con la iniciativa legislativa. En el Derecho Penal la retroactividad es admitida solo y exclusivamente cuando la nueva norma es más favorable a los imputados o encausados; justamente lo inverso de lo que ocurre en este caso, en el que se busca eliminar retroactivamente un beneficio, como es el caso de la prescripción.

Otra vez el Frente Amplio pretende imponer su voluntad política, aun a costa de avasallar los principios generales del derecho y la Constitución de la República.
Para peor, como decíamos con respecto a la propuesta impulsada por el Frente Amplio en mayo buscando anular la ley de caducidad, ni siquiera podrá resolver el problema. Puesto que si esta norma se aprobara, será recurrida por inconstitucional y la Suprema Corte de Justicia, no tengan dudas, declarará su flagrante y notoria inconstitucionalidad.

Por lo tanto, se trata de un esfuerzo vano por torcer situaciones que deben quedar en manos del Poder Judicial que es el que debe, de acuerdo al criterio de cada juez, determinar si ha ocurrido o no la prescripción del correspondiente delito.

El prestigio del Parlamento habrá quedado fuertemente cuestionado si esta norma obtiene su aprobación. Todavía estamos a tiempo de que surja una voz disidente en el partido de gobierno que impida un desenlace equivocado.