Antes de 1900 se necesitaban 100 años para duplicar el conocimiento. En 2020 se estimaba que el conocimiento —todo el conocimiento adquirido por la humanidad—, se duplicaba cada 2 años. Con la inteligencia artificial e internet de las cosas se estima que el conocimiento acumulado se duplicará en días o incluso cuestión de horas. Este vertiginoso avance presenta, junto a los indudables aspectos positivos, desafíos con perspectiva cultural, económica, filosófica, moral y ética. Representa un desafío de carácter antropológico. Habrá que ver hasta dónde podrá llegar la comunión del hombre con la ciencia y la tecnología. Hasta dónde lo instrumental podrá pegar el zarpazo en el orden de lo sustancial y condicionante. El secretario general de las Naciones Unidas Antonio Guterres definió claramente el desafío: “La humanidad debe estar en el centro de la evolución tecnológica. La tecnología no debe usar a las personas, nosotros debemos usar la tecnología para beneficio de todos”.
Las implicancias de esos avances por tanto llegan a todas partes. Al Derecho, la Medicina, el arte, en fin, a todas las manifestaciones humanas. Genera una nueva agenda de derechos o al menos variantes de ellos. Para convivir con ese nuevo mundo los Estados deben adecuarse e intentar, al menos, si no estar a la vanguardia y anticiparse, no quedar en el rezago. Desde la protección de las nuevas ciberlibertades hasta las garantías que se debe —o debería— ofrecer la institucionalidad estatal.
Una medida que podría analizarse es la creación de una nueva figura institucional que acompañe a la ciudadanía en todos estos procesos que el nuevo orden digital presenta. Un Ombudsman digital, como existe para otros asuntos, para las cuestiones relativas a la realidad 4.0.
Cuestiones como el acceso a información y datos, identidades, el derecho al olvido, neutralidad de la red, la comunicación con el Estado, el vínculo con la IA, el internet de las cosas, big data, los derechos digitales laborales, y una larga lista de nuevas relaciones —derechos y deberes— que involucran a la nueva realidad que justificarían la existencia de una figura como la propuesta.
Existe normativa e incluso una rica institucionalidad en Uruguay que ha permitido una buena custodia de los ciberderechos. Sin embargo, estimo que sería oportuna agregar esta figura.
Se podrá argumentar que dentro de la red institucional actual se puede conformar una malla protectora para los ciudadanos, con incluso una figura como la Institución Nacional de Derechos Humanos, que podría canalizar esta necesidad que planteamos. Sin embargo, la particularidad y complejidad que presenta esta nueva era digital parece demandar una figura especialísima con un diseño institucional concreto.
No se imagina como sustitución ni en superposición con las instituciones ya existentes, sino que las complementa y podrá acompañarlas en la atención a las nuevas demandas ciudadanas que surgirán presentes, muchas de ellas hoy en día, y que no tienen un canal accesible y conocido para ser satisfechas.
La figura de ombudsman, con características de autonomía e independencia, parece ser la que se adecúa mejor para afrontar las particularidades del entorno digital que va mutando y evolucionando aceleradamente.
Para que fuese realmente relevante esta nueva institución debería tener ciertas capacidades, como la legitimación activa para representar los derechos de los patrocinados, de modo que no termine siendo una cuestión meramente figurativa y simbólica.