Un decreto que actualiza la regulación para el uso de suelos de prioridad forestal -ya firmado por el presidente Luis Lacalle Pou- fue presentado este lunes en la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca del Senado por el ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, Fernando Mattos, y el ministro de Ambiente, Adrián Peña.
En el decreto el gobierno propone establecer un registro ambiental de plantaciones forestales de menos de 100 hectáreas, y declarar que requieren una autorización ambiental especial las plantaciones forestales de más de 100 hectáreas en suelos ya forestados.
El registro será realizado por la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Ambiente y, para los predios entre 40 y 100 hectáreas, se pedirá que al menos 50% de las plantaciones estén en suelos definidos como de prioridad forestal. Sin embargo, Cabildo Abierto se mantiene en su postura de votar el proyecto junto al Frente Amplio.
“Hemos presentado una herramienta que no necesita de nueva ley”, dijo el ministro de Ambiente, Adrián Peña, aludiendo al proyecto de ley presentado por Cabildo Abierto –que ya fue aprobado en Diputados con los votos del Frente Amplio- y pretende limitar “la plantación de bosques generales a los suelos de prioridad forestal”. Cabildo Abierto, de todos modos, seguirá adelante con su proyecto en el Senado.
El segundo artículo plantea que el área total dedicada a la forestación “no podrá superar el 10% de la superficie nacional”.
Bajo la regulación vigente, hay más de cuatro millones de hectáreas con prioridad forestal —suelos que por sus condiciones “sean inadecuados para cualquier otra explotación o destino de carácter permanente y provechoso”—, pero se estima que 25% de las plantaciones están por fuera de estos predios, a lo que se accede mediante excepciones que brindan los gobiernos departamentales.
En el decreto que los ministros presentaron a la Comisión se establece que las áreas afectadas para proyectos forestales no “podrán intervenir en ecosistemas prioritarios como montes nativos, humedales, palmares, roquedales y arenales”.
Se establece que las “áreas forestadas no “podrán superar el índice de productividad Coneat 100”. También se consigna que los productores y empresas rurales, industriales o agroindustriales que se dediquen a la forestación, explotación o industrialización de maderas de producción nacionales”, estarán obligados a realizar la rotación de cultivos entre cada período de siembra y cosecha forestal.
Antes del proyecto
Peña dijo que se empezó a trabajar en el decreto “mucho antes que tuviera media sanción la ley que se está discutiendo”, según consigna Montevideo Portal.
“Trabajamos en dos líneas. Una que incorpora a los proyectos menores a 100 hectáreas en el control ambiental, cuando hasta la fecha solo los proyectos mayores a 100 hectáreas necesitaban de aprobación del Ministerio de Ambiente”, apuntó Peña.
A su vez, Peña agregó que ajustaron los criterios existentes para las producciones forestales mayores a las 100 hectáreas.
“Se tiene en cuenta la variable suelo (productiva), pero no solo esa. Incorporamos variables relacionadas al agua, biodiversidad y valor patrimonial. Esta nueva reglamentación supone criterios más restrictivos desde el punto de vista ambiental. Criterios que hace unas décadas no existían o no estaban en el radar”, dijo Peña, que agregó que se incorpora además en el decreto a cargo de Ambiente el control para las plantaciones ya existentes que vayan a ser replantadas.
En base a Montevideo Portal, La Diaria y El Observador
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